¿POR QUÉ EL CLUB NAÚTICO DE CASTRO URDIALES ES PRIVADO CUANDO PODRÍA SER PÚBLICO?

Quiero empezar mi reflexión con la pregunta enunciada: ¿Por qué el Club Náutico de Castro Urdiales es privado cuando podría ser público?

Más que un respuesta precisa me interesa abrir un espacio a la necesidad de hacerse preguntas allí donde todo parece ya asentado por una realidad incuestionable justamente por no hacerse preguntas.

La noticia es que Puertos de Cantabria, más concretamente la Dirección General de Obras Públicas de Cantabria ha sacado a licitación la concesión del Club Náutico de Castro Urdiales por 35 años. La “no noticia” es el desinterés de grupos políticos y población en general por este asunto. Me propongo acentuar justamente aquello que no es noticiable, que la ocupación del dominio público del Puerto de Castro Urdiales le importe un bledo a todo el mundo excepto a las empresas o sociedades con capacidad para hacerse con el edificio del Club Náutico, el embarcadero, y los amarres, una superficie muy considerable de la lámina de agua del Puerto de Castro Urdiales. Hubo un tiempo, no muy lejano, en el que la sociedad castreña se revolvió contra la ocupación del dominio público de la bahía de Castro, cuando se plantó frente al intento del Gobierno de Cantabria de rellenar de hormigón buena parte de la dársena con aquel proyecto de puerto deportivo que de momento descansa en paz, alejado del vigente Plan de Puertos de Cantabria. Todo lo que acontece en la bahía de Castro es de máximo interés, pero lo que sucede puertas adentro del Club Náutico escapa de nuestra atención, como si fuera otra jurisdicción.

El Club Naútico de Castro, desde el paso marítimo en un día de marea baja. 9 de marzo de 2019.

Entiendo que el hecho de que el Club Náutico siga siendo privado durante 35 años más no es un asunto que preocupe, puesto que así ha sido siempre en la vida de este Club, desde 1955. La escenografía del Club Nautico, enclavado en un magnífico edificio, es la de una pasarela a la que solo pueden acceder los socios, o personas que gozan de alguno de sus casi doscientos embarques. Ciertamente, en los últimos años, se ha permitido el paso a clientes que de lunes a viernes han comido en su restaurante (accediendo solo al restaurante, y nunca en los meses de verano), y también los alumnos matriculados en el curso de vela que durante el verano se imparte en estas aguas. Pero lo cierto es que el Real Club Naútico de Castro Urdiales tiene derecho de admisión, es un club privado en el que la masa social son sus propios socios, unos ochocientos, por lo general personas de clase alta, o medio alta, entre los que apenas hay cien familias castreñas. Es el propio Club quien gestiona sus actividades, y se nutre de las cuotas de sus socios, inalcanzables para la mayoría de los ciudadanos. En resumen, son muy pocas las personas que utilizan el dominio público, tan pocas que haciendo suyo lo que es público, resulta que no lo es.

Esta forma de gestión indirecta y privatizada del dominio público, para contribuir, se dice, a las actividades náuticas y de recreo, es bastante habitual en España (de hecho me dicen que el Real Club Deportivo de Santander es aún más elitista). Pero no es la única. La tendencia en algunas ciudades es plantear otro modelo de gestión pública (gestión directa, o bien a través de una empresa pública, o una empresa mixta) sobre la base de promover que los clubes náuticos sean un espacio abierto para la promoción de los deportes náuticos, de la pesca deportiva, del buceo, de la cultura del mar y del cuidado de la costa, y con ello contribuir a que esta parte del dominio público sea un magnífico recurso para la ciudadanía, además de un referente del turismo deportivo sostenible para las ciudades costeras. En el caso de Castro, me gustaría añadir, el dominio público resulta estar ocupado también por una caótica red de amarres sin concierto ni control que han ido paulatinamente ocupando la mayor parte de la lámina de agua quitando espacio a las actividades deportivas y pesqueras del Puerto de Castro.

Bahía de Castro, la dársena exterior ocupada en buen parte por los embarques que gestiona en la actualidad el Club Náutico de Castro Urdiales y que ocupan la mayor parte de la lámina de agua del puerto. Foto de octubre de 2015.

Sin embargo, la entidad publica empresarial Puertos de Cantabria no se ha planteado otra forma de gestión que quizás pudiera cumplir mejor con el objetivo de preservar y mejorar una gestión eficaz del dominio público portuario, y acaso también, para cumplir el propio Plan de Puertos de Cantabria que, en el capitulo referente a las actividades náutico deportivas, se plantea “potenciar la actividad recreativa como alternativa económica”, “diversificar la demanda”, “la interacción con la ciudad”, “mejorar las instalaciones para atender nuevas necesidades,…”, no sigo. Todo resulta vacuo y falso si observamos que lo que hace Puertos de Cantabria es simplemente privatizar el dominio público para obtener unos escasos ingresos y quitarse de encima la obligación de hacer una gestión más adecuada del dominio público. Con esta licitación se introduce además la posibilidad de que la sociedad sin ánimo de lucro que ha gestionado hasta ahora el Club Náutico se vea apartada por una empresa privada más interesada en las plusvalias económicas que pueda implicar su gestión. En cualquier caso, el Club Náutico será privado, descartando la gestion directa por una entidad pública, y obviando otro tipo de iniciativas con la participación del Ayuntamiento, de las asociaciones deportivas de remo y piraguismo, de la cofradía de pescadores, de la red de microempresas cada vez más creciente… en fin de eso que denominan unos “masa social”, “demanda diversificada” para otros, y que yo prefiero pensar que son ciudadanía, sin comillas, siempre ausente en estos procesos.

Se me antojan muchas razones por las que el Club Náutico de Castro Urdiales podría ser un magnifico recurso público para la bahía de Castro, y para la ciudad de Castro Urdiales, y se me ocurren unas cuantas preguntas dirigidas a entidades y personas que han dejado pasar esta oportunidad. Pero no sé por qué me extraño, por qué me hago preguntas, como si estuviéramos en una clase de filosofía de bachillerato. El Club Naútico seguirá siendo privado porque nadie se ha preguntado que acaso podría ser público.


Juantxu Bazán

17 de marzo de 2019.

El artículo publicado en el diario.es Cantabria

Anuncio BOC publicado por la Consejería de Obras Públicas para la concesión de la ocupación y explotación del Club Náutico de Castro Urdiales:

Pliego con las Bases para licitar en el concurso:

Pliego que regula las condiciones particulares de la concesión:

Cantera de Santullán: anacrónica, ilegal, sin restauración ambiental

Voy a hablar de la Cantera de Santullán, o mejor dicho, de la Cantera que se ubica en la Peña de Santullán. Parece un matiz sin importancia, pero no, cuando hablo de la Cantera, pienso sobre todo en la Peña.

La cantera de Santullán es un recurso minero que lleva explotándose desde 1.966, si bien la concesión por parte del Ministerio de Industria es de 1995. La cantera se ubica en suelo propiedad de la Junta Vecinal de Santullán que comprende toda la zona este de la Peña, mientras que la zona oeste de la mole caliza pertenece a la Junta Vecinal de Sámano; por eso al castro romano (prerromano) de la Peña, se le denomina Castro de la Peña de Sámano.

En la actualidad, la cantera tiene 36 puestos de trabajo; la producción de caliza (carbonato cálcico de alta pureza) ha sido de casi un millón de toneladas en el 2017, así lo dice el Plan de Labores presentado a la D. G. de Industria de Cantabria.

La Cantera de Santullán es un gran negocio, de altísima producción y rentabilidad, con un gran volumen de exportación facilitada por la proximidad del puerto del Gran Bilbao. Sirva de indicador de su enorme riqueza el hecho de que el fallecido dueño de Canteras de Santullán S. A., Miguel de la Vía, era asimismo el  dueño de la Torre de Loizaga, en Galdames, lugar que alberga una de las más prestigiosas colecciones de automóviles del mundo, el Museo de coches clásicos y antiguos. Dueño asimismo del conjunto del castillo y palacio de Ocharan, una de las mayores propiedades privadas de suelo urbano residencial de España. La Cantera de Santullán es también un importante recurso económico para la Junta Vecinal de Santullán que gracias al convenio con la empresa permite la contratación de personal de la cantera del mismo pueblo, además de contribuir económicamente a la Junta, y financiar las fiestas del pueblo, unas fiestas que llaman la atención por su enorme dispendio y gran éxito popular.

Como decía al principio, la Cantera de Santullán se ubica en la Peña de Santullán, y esto no es una redundancia, sino una circunstancia fundamental para entender lo que acontece con esta explotación minera. La Peña de Santullán es una gran montaña, un complejo kárstico que, desde mi punto de vista, es, aún y a pesar de la cantera, un monumento natural que alberga varios ecosistemas y sistemas vegetativos protegidos por la legislación, entre ellos el encinar cantábrico que caracteriza la montaña de la costa de Cantabria; la Peña acoge importantes yacimientos prehistóricos que nos llevan al origen de Castro Urdiales, al paleolítico, a la edad de hierro, a la época romana; la mole caliza abriga también una riqueza espeleológica y paleontológica que ha sido bien estudiada. Juan Tomás Molinero, en su imprescindible «Carta Arqueológica de Castro Urdiales» cita además del Castro de la Peña de Sámano, una veintena de cuevas, y abrigos con hallazgos paleontológicos y arqueológicos que dibujan lo que bien merecería ser un parque arqueológico.  En sus trescientos millones de años, la Peña ha acogido grandes transformaciones por la acción de la geología, de la naturaleza y por la actividad humana, pero ninguna la alterado de forma tan drástica como la actividad minera reciente.

Mapa de la Peña en el que se indican las cuevas (en azul) en las que se han encontrado yacimientos paleontológicos y arqueológicos, topografiados, y estudiados por el GELL, Grupo Espeleológico La Lastrilla, de Castro Urdiales.

La importancia de la Peña ha sido plasmada en el planeamiento urbano. El Plan General de 1997 la clasificaba como Suelo No Urbanizable de Especial Protección (con la excepción del área extractiva situada al norte de la Peña que entonces tenía una superficie de unas 75 hectáreas). En el año 2000 se aprueba por el Ayuntamiento de Castro Urdiales el convenio con Miguel de la Vía para ampliar la zona de explotación recalificando el suelo protegido de la zona este y sur de la Peña ampliando la zona de explotación a unas 200 hectáreas. El POL, Plan de Ordenación del Litoral, clasifica la Peña como AIP (Área de Interés Paisajístico) uso que de acuerdo con la ley del POL deja intocables las explotaciones mineras. En el año 2007 a instancia del Ayuntamiento que recoge las alegaciones de la Plataforma para Salvar la Peña,  la Dirección General de Medio Ambiente recorta la zona de explotación dejando fuera de la cantera parte del encinar de la zona sur.

La evolución del mapa de la explotación puede seguirse así:

Ortofoto Peña 1956
Ortofoto de la Peña en 1988, cuando ya llevaba 22 años explotándose la cantera
2001. La cantera asciende y se amplia de forma vertiginosa con el aumento de la demanda de áridos e construcción.
2005. Se ha producido el Gran Salto Adelante con la aprobación del Modificado del PGOU lo que permite la extensión de la cantera hacia el este y sur una vez descalificados los suelos protegidos por el PGOU.

2010.
La Peña y la Cantera según la ortofoto de 2016.

La evolución de la explotación la percibimos a través de las siguientes fotos:

Cara norte de la peña desde el valle de Sámano, en los años 50
La Peña tras unas voladuras en la cantera en el año 1991. Foto tomada desde Lusa
Ladera este y sur de la Peña en 2003 meses antes de iniciarse la explotación por estas zonas de la Peña
Octubre de 2003. Comienzo de la explotación por la ladera este tras la aprobación del modificado nº 3 del PGOU
Ladera este, en abril de 2007.
Ladera este de la Peña, con el frente de explotación de cantera en el año 2015
Ladera sur y este de la Peña desde el camino a Ventoso en abril de 2017.

Tras este recorrido visual conviene señalar ahora cuáles son los retos o los dilemas que nos plantea esta explotación de cantera. Seguramente muchas personas pensarán que esta es cuestión de la que no hay que ocuparse, y si a alguien le molesta la cantera no tiene más que apartar la mirada, pero yo estoy convencido de que hay que ocuparse de lo que acontece con esta cantera, y es de gran interés público acometerlo por mucho que alguien se pueda sentir incómodo. Así que a continuación lanzaré algunas preguntas que espero puedan responderse a lo largo de este artículo: ¿Es aceptable que esta explotación minera pueda continuar hasta el infinito? ¿Debe albergarse la posibilidad de que la explotación minera tenga un fin en un periodo razonable de tiempo? ¿Es posible otra forma de explotar la Cantera? ¿Cuál debe ser el futuro del espacio que ocupa la Cantera de Santullán?

Naturalmente, estas preguntas deben plantearse con un condicionante que debieran aplicarse tanto las administraciones que deben intervenir en el control de la actividad minera como la propia empresa: el cumplimiento de la legislación minera, urbanística y ambiental. Algo tan obvio como esto, el cumplimiento de la legalidad, no puede ser solo un reto de las asociaciones o del movimiento ecologista.

El cumplimiento de la legalidad: las administraciones saben pero no contestan

En el mes de junio de 2018 hemos dirigido escritos (EQUO Cantabria) a la Dirección General de Industria en relación con varios incumplimientos de la legislación minera, y en especial con la inexistencia de restauración ambiental en la cantera; a la Dirección General de Medio Ambiente informando sobre el incumplimiento de la Estimación de Impacto Ambiental ; y al Ayuntamiento de Castro Urdiales advirtiendo del incumplimiento del Plan General de Ordenación y de sus normas urbanísticas, competencia por la que debe velar el Ayuntamiento. A estas administraciones les informamos, y solicitamos que actúen, en el ámbito de sus respectivas competencias. Ninguno de esos escritos ha sido contestado, lo que, además de ser de muy mala educación, incumple el propio procedimiento administrativo y la sana obligación que tiene las administraciones de contestar a los requerimientos de sus ciudadanos.  

Tras la presentación de los primeros escritos, el 5 de julio de 2018, estuvimos en el Servicio de Inspección Minera (Montse Obregón, de Podemos Castro, Floren Enríquez de Ecologistas en Acción, y Juantxu Bazán de EQUO Cantabria) interesándonos por la situación de la Cantera, y tratando de entender lo que, desde nuestro punto de vista, era una sucesión de supuestos de infracciones graves. Recibimos buen trato y pudimos examinar el expediente de la Cantera de Santullán, especialmente el Plan de Labores y el último Plan de Restauración presentado en el año 2008. Estuvimos hablando con responsables del Servicio de Inspección Minera (servicio dependiente de la Dirección General de Industria del Gobierno de Cantabria). Entre los expedientes aparece incluso una sanción por infracción grave de 150.000 € a Canteras de Santullán por excederse de la zona de explotación, expediente de 2009 que se resolvió con una sentencia favorable a la D. G. de Industria, lo que lleva a pensar que a veces la administración si actúa, y si sabe lo que hace. Pero no hay un control periódico y exhaustivo de lo que acontece, y de los incumplimientos denunciados. A resultas de aquella reunión, entendimos que la Administración, sabe perfectamente cuáles son sus competencias y obligaciones, y conocen las veleidades de algunas explotaciones mineras; pero percibimos la constatación de insuficiencia de medios que impide actuar con la debida diligencia. “Lo que ustedes nos plantean, lo vamos a estudiar”, se nos dijo entonces… y hasta hoy. Tras la falta de contestación, ahora entendemos que no solo faltan medios sino además una decidida voluntad para intervenir en el control de la actividad minera.

Resumiendo, las administraciones saben y deben saber, pero no contestan y deben contestar; ese es un mal punto de partida para canalizar nuestras pretensiones, e intervenir, si a ello hubiera lugar, sobre la Cantera de Santullán.

La primera administración, el Ayuntamiento, se desentiende de la Cantera de Santullán.

Existe la creencia de que el asunto de la Cantera no tiene que ver con las competencias municipales, y eso no es cierto. Al Ayuntamiento le corresponde el control de ruido y emisiones de polvo en aplicación de sus propias ordenanzas, y también el cumplimiento del Plan General. Pero además, entender que la explotación de cantera no afecta a las competencias municipales denota ignorancia y falta de responsabilidad. Empecemos por señalar que esta Cantera es una actividad muy impactante, enclavada en un entorno muy singular, la Peña de Santullán, y los usos actuales y futuros de este magnífico monumento natural deben tenerse en cuenta como un recurso natural y cultural magnífico. Por otro lado, tal como se señala en el escrito dirigido al Ayuntamiento en junio de 2018, la cantera ocupa suelo fuera del área de explotación en suelo urbanizable protegido. El propio Plan General prohíbe las explotaciones mineras y canteras en todo el término municipal, con la excepción de la Cantera de Santullán, señalando para esta explotación unos condicionantes relativos al Plan de Restauración, entre ellos:

  • Durante las fases de explotación de la cantera se procederá a rebanar tierra vegetal de la zona para su posterior extendido en plataformas y taludes resultantes. El almacenamiento de esta tierra se ejecutará formando cordones de una altura máxima de 2 m. y si deben permanecer más de seis meses almacenados se procederá anualmente al abonado y siembra de los mismos, para su mantenimiento.
  • El Ayuntamiento podrá obligar a la actual explotación a la realización de una pantalla vegetal que disminuya el impacto visual actual. El plazo para su realización será de un año, contado a partir de la remisión de la orden municipal al explotador.
  • Al abandono de la explotación (o de algún frente) se procederá (…) a la realización de la restauración proyectada.

Es tan solo un resumen del capítulo V.2.13 de las normas urbanísticas del Plan General referente a las Minas y Canteras, normas que están en vigor desde 1997, momento en el que el impacto visual de la cantera siendo enorme era menor del que se sufre en la actualidad. Por lo tanto, el Ayuntamiento tiene la obligación de intervenir en la Cantera cuando no se están cumpliendo las normas relativas a la restauración ambiental.

Me consta que el Ayuntamiento, a través de la policía municipal recibe denuncias periódicas por ruidos, emisiones de polvo, y por quema de residuos, hechos que en muchas ocasiones se producen con nocturnidad. Estamos hablando de competencias municipales relativas al control sobre los residuos, la contaminación atmosférica, y acústica.

Pero si hay una competencia exclusiva del Ayuntamiento es la que se ejerce a través de la planificación, gestión y disciplina urbanística. En escrito dirigido al Ayuntamiento EQUO Cantabria hemos denunciado el almacenamiento de miles de toneladas de acopios y materiales de cantera en suelo protegido por el PGOU. En las fotos que muestro a continuación puede verse a lo que me refiero:

Acopios de estériles en SNU de Protección Ecológica ubicados entre la explotación de la Cantera y el núcleo urbano de Santullán.

Acopios de estériles en SNU de Protección Ecológica ubicados entre la explotación de la Cantera y el núcleo urbano de Santullán. Los acopios se encuentran próximos a la carretera que une Santullán con Sámano.
Foto aérea de las instalaciones de la cantera al sur del pueblo de Santullán, con la zona reservada para acopios de áridos en primer término
Los acopios alcanzan una gran altura, y llama la atención la excesiva proximidad con la carretera.
Superposición de la ortofoto del SIGPAC con el plano del PGOU en el que se observa como la zona de acopios se ubica fuera de la zona de explotación de la cantera en SNU-PE.
La equis roja señala el espacio en el que se produce la acumulación de los acopios de áridos, fuera de la zona de ex0plotación, en suelo protegido por el PGOU.

Tales acopios se están produciendo fuera de la zona de explotación de la cantera, en suelo rústico, concretamente en Suelo No Urbanizable de Protección Ecológica, propiedad de la Junta Vecinal de Santullán, y que como es natural el Plan General prohíbe ese tipo de actividades. Entonces ¿Cómo es posible que se produzcan tales vertidos de material y se esté haciendo así durante tantos años?

Pues solo me cabe una explicación dual: la falta de control del territorio de quien debe estar atento al cumplimento de las normas urbanísticas, y la inmunidad de la que goza la Cantera de Santullán. En estas circunstancias es fácil de entender que el escrito dirigido al Ayuntamiento en la que se solicita intervención sobre estas cuestiones no se haya contestado, y a estas alturas ya no creo que, pasados 8 meses se vaya a contestar .

El Plan de Restauración Ambiental: la empresa no lo cumple, la Dirección General de Industria no lo controla

Antes de continuar quiero aclarar una cosa a todas aquellas personas que con buena o mala intención van a tratar de ponerme los colores señalándome como ecologista que quiere parar la cantera y dejar a la gente sin trabajo. Un clásico. Aclaremos que a mí no me gusta nada esta cantera, pero lejos de mi está la voluntad de parar la cantera y que la gente se vaya al paro. Más valdría señalar la responsabilidad del empresario que incumple sistemáticamente sus obligaciones legales; este es el que pone en riesgo los puestos de trabajo, y la credibilidad de su propia empresa, a costa de aminorar costes con los que debe contribuir para atenuar los efectos que supone una actividad tan agresiva como la Cantera de Santullán.

Sigamos con nuestro diagnóstico.

Una de las obligaciones que tiene la Cantera es la de hacer la restauración ambiental del entorno natural que ya no sirve a la explotación, obligación que corresponde al empresario y de cuyo cumplimiento tiene que vigilar el Ayuntamiento de Castro Urdiales, en lo que le toca a su competencia, pero sobre todo la Dirección General de Industria del Gobierno de Cantabria, a través del Servicio de Inspección Minera, pues es aquí donde reside la principal competencia de control de la actividad minera.

Me voy a permitir una definición muy bonita que da el Instituto Superior de Medio Ambiente de lo que es una restauración ambiental:

La restauración ambiental es el proceso consistente en reducir, mitigar e incluso revertir en algunos casos, los daños producidos en el medio físico para volver en la medida de lo posible a la estructura, funciones, diversidad y dinámica del ecosistema original.  Para ello deben restituirse las condiciones originales y corregirse los de impactos medioambientales ocasionados por la actuación llevada a cabo en el entorno.

La nueva legislación prefiere utilizar la expresión “rehabilitación”, que se define así:

el tratamiento del terreno afectado por las actividades mineras de forma que se devuelva el terreno a un estado satisfactorio, en particular en lo que se refiere, según los casos, a la calidad del suelo, la fauna, los hábitats naturales, los sistemas de agua dulce, el paisaje y los usos beneficiosos apropiados.

En un caso (restauración) se trata de devolver el terreno a su estado original, y en el otro (rehabilitación) recomponer el terreno a un uso satisfactorio y beneficioso. Siempre en condiciones ambientales plausibles.

En lo que sí está de acuerdo la nueva legislación con la anterior es en que el instrumento fundamental para caminar en la restauración y rehabilitación ambiental es el PLAN DE RESTAURACIÓN AMBIENTAL. La legislación  minera es muy clara al respecto, hasta el punto de que en el concepto de APROVECHAMIENTO MINERO lleva implícito la rehabilitación de los espacios mineros tal como se expresa en el art. 2 del RD 975/2009 sobre Gestión de residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras:

Se entenderá por aprovechamiento al conjunto de actividades destinadas a la explotación, almacenamiento, preparación, concentración o beneficio de los yacimientos minerales y demás recursos geológicos regulados en la Ley de Minas, incluyendo las labores de rehabilitación de los espacios afectados por la actividad minera.

Este último inciso “incluir las labores de rehabilitación” es el que olvidan sistemáticamente algunos empresarios mineros, por lo que no incorporar entre la actividad minera las labores de restauración y rehabilitación debe anotarse como una muestra de falta de diligencia profesional y empresarial.

El art. 2.2 del RD 975/2009 señala la obligación de la rehabilitación de los espacios afectados por la explotación así como sus instalaciones anejas:

La entidad explotadora, titular o arrendataria del derecho minero original o transmitido, que realice actividades de investigación y aprovechamiento reguladas por la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas, queda obligada a realizar, con sus medios, los trabajos de rehabilitación del espacio natural afectado por las labores mineras así como por sus servicios e instalaciones anejas, en los términos que prevé este real decreto. Asimismo deberá abordar la gestión de los residuos mineros que su actividad genere enfocada a su reducción, tratamiento, recuperación y eliminación.

Para ello las canteras, como en cualquier otra actividad minera, tienen que presentar un Plan de Restauración Ambiental, con un contenido que viene regulado por la ley de Minas, y más concretamente por el ya mencionado RD 975/2009.

Pues bien, examinada la documentación en el propio Servicio de Inspección Minera, deducimos que el Plan de Restauración presentado en el año 2008 es insuficiente, inadaptado a la nueva legislación, con carencias, con la excepción de algunos capítulos, los referidos a la revegetación y restauración de bancos abandonados, que podrían considerarse razonables. Sin embargo, lo grave, más allá de la validez del documento, es que se deduce un incumplimiento del Plan de Restauración, hasta el punto de poder afirmar que en la actualidad la Cantera de Santullán no se ocupa de su obligación de efectuar la restauración ambiental de los espacios mineros explotados. En cuanto al Plan de Labores de 2018, en el mismo no se dice cuales son las zonas que debieran restaurarse a lo largo del año, ni cual es el grado de cumplimiento del Plan de Restauración. La legislación minera establece la obligación de coordinar el Plan de Labores y el Plan de Restauración:

Los planes de restauración y explotación se coordinarán de forma que los trabajos de rehabilitación se lleven tan adelantados como sea posible a medida que se efectúe la explotación.
Art. 3.3 RD 975/2009

Pues bien, en el Plan de Labores la restauración ambiental es inexistente. Ni siquiera en el Plan de Inversiones se detalla cantidad alguna para la restauración ambiental.  Peor aún, el Plan de Labores miente en relación con las actividades restauradoras.

Tras este cuadro no se presentan ni planos, ni fotos, ni croquis, ni esquemas que verifiquen la existencia de 4.630 m2 de superficie restaurada en 2017, ni superficie total acumulada de 120.702 m2. Más adelante se expondrá el estado de la cuestión de la restauración ambiental de la Cantera de Santullán, y nos daremos cuenta de la inexistente restauración en los bancos abandonados.

Esto da idea del control que tiene la Dirección General de Industria de la Cantera de Santullán

La restauración ambiental no preocupa a Canteras de Santullán S. A.

Si, tal como hemos referido más arriba, la restauración ambiental forma parte de una explotación minera, habríamos de entender que la restauración ambiental debe añadirse a los objetivos empresariales de Canteras de Santullán ¿no es así?

Bastaría con una observación visual de los frentes de la Peña para darse cuenta de que la Restauración Ambiental no se vislumbra en la Cantera. Veamos la imagen que ofrece la cara norte y este de la cantera, desde un lugar, la cota 230 de las minas de Dícido:

Vista de la cantera desde las faldas del Pico Haro, en las minas de Dícido. Las flechas rojas indican las zonas en las que la cantera ha hecho plantaciones de coníferas y arbolado autóctono en cincuenta años. La mayor parte para efectuar cerramiento y pantallas con leylandis (especie de conífera que no es la especie prevista para hacer restauración ambiental). El frente norte, propicio para ser restaurado tras el abandono de las tareas de extracción aparece sin restauración.

Y veamos por fin, algunos ejemplos de canteras españolas en las que si se hecho una restauración ambiental de los espacios explotados, y así nos damos cuenta de que estamos hablando de cosas muy factibles:

Canteras de Isabel en Monda en Málaga, de la empresa Holcim Áridos S.L
Antigua cantera de roca caliza del Turó de Montcada. El gran agujero árido y polvoriento, trufado por caminos y trincheras donde se extraía el material para fabricar el cemento, es hoy una explanada verde y frondosa. La recuperación de este sitio es uno de los mejores ejemplos de España de restauración de un lugar que estuvo degradado durante decenios por las actividades extractivas.
Restauración de cantera en Santa Margarida i els Monjos (Barcelona) zona con predominio de frentes rocosos y taludes de gran pendiente media, similares a los de la Cantera de Santullán.
Cantera de Mijas-Arenales en Málaga.

La restauración ambiental no parece ser asunto que le preocupe a Canteras de Santullán S. A. Si visitamos la web de Canteras de Santullán S. A. no se publica el Plan de Restauración Ambiental, y la expresión “restauración ambiental” o “rehabilitación” u otra similar no aparece. Si hay una reseña, titulada “política ambiental”, pero en él no se habla ni de medio ambiente ni de restauración ambiental, sino de “mejora de los procesos productivos”. En otro apartado de la web se extiende un poco más para hablar del COMPROMISO LOCAL Y MEDIOAMBIENTAL:

Fotograma de la web de Canteras de Santullán S. A.

Se reseña el “compromiso con la sociedad local y el medio ambiente”:

Con esta filosofía y en base al cumplimiento escrupuloso de la legislación española y europea a nivel minero y medio ambiental, una de las más restrictivas a nivel mundial, Canteras de Santullán lleva invirtiendo histórica y sistemáticamente parte de sus recursos en mejoras ambientales y en desarrollo local sostenible, como justo retorno a la propia sociedad.

A continuación examinaremos el “compromiso medioambiental” de Canteras de Santullán S. A.

En el año 2018 deberían estar restaurados los bancos superiores de la cantera y una buena parte del frente norte

En el escrito de alegaciones presentado por EQUO y Ecologistas en Acción, se expone que el Plan de Restauración que está depositado en el Servicio de Minas, no está adaptado a la ley (la ley es de 2009 y el Plan de 2008), su contenido en su mayor parte no cumple con lo que dice la ley que debe contener un Plan de Restauración, adoleciendo de un Plan de Gestión de Residuos, o de un estudio de alternativas de los diferentes usos para cuando finalice la explotación minera (tanto del espacio natural como del espacio donde están las instalaciones); tampoco existe un anteproyecto del abandono definitivo de las labores, y hay aspectos en la restauración del paisaje que debieran ser más concretos y con mayor documentación gráfica. Eso es algo sobre lo que no voy a extenderme ahora porque ya se expone detalladamente en el escrito en el que se motivan los incumplimientos de la ley. Sin embargo, hay otros aspectos que si están suficientemente definidos y que no se han llevado a efecto, incumpliendo escandalosamente el Plan de Etapas. Sobre esto si voy a informar.

Restauración de bancos abandonados: No hay gestión de tierras vegetales, ni preparación del terreno ni aporte de tierras. No se han plantado ni las bermas ni los taludes que fija el calendario de restauración.

Uno de los objetivos que plantea el desarrollo del Plan de Restauración tiene que ver con la gestión de tierras vegetales, tanto las que se ataquen con la explotación, como las que procedan del exterior. El Plan de Restauración establece como criterio básico “la gestión adecuada de las tierras vegetales para su posterior extendido en los bancos abandonados” actuación que se justifica sobre la base de procurar una mayor integración paisajística (pág. 2 del Programa de Restauración del Plan de Restauración).

Esto no se produce. No hay extensión de tierra sobre los bancos abandonados. Todo ello a pesar de que la cantera ha arrasado con el suelo y tierra vegetal de las zonas de encinar cantábrico que estaban dentro de la explotación. Hubiera sido razonable que para renaturalizar los bancos abandonados, la tierra y encinas que arrancan de un lado se hubieran intentado reponer en los bancos abandonados; así lo dice el Plan, pero eso no se ha hecho.

A la izquierda foto de la ladera este de la Peña, en octubre de 2003, comienzo de la explotación de esta zona de la Peña; a la derecha una foto tres años después, en abril de 2007 con la ladera este atacada y eliminada la vegetación de encinar cantábrico. En la actualidad toda la vegetación de esta ladera ha sido arrasada.  
Ortofoto correspondiente a 2016 de la cima de la Peña y las laderas este y norte de la cantera cuyas plataformas superiores debieran estar restauradas según la primera fase del Programa de Restauración
Foto desde la cima de la Peña (agosto de 2018). Puede observarse como los bancos superiores reverdecen, por si solos, aún y a pesar de que no se restauran, ni se aporta sobre ellos tierra vegetal. Ello indica que si se hubiera cumplido mínimamente con el Plan de Restauración, la naturalización de la zona norte de la Cantera hubiera empezado a parecerse a una zona restaurada.
Bancos abandonados de la zona Norte – Oeste sin atisbo alguno de reposición de tierra vegetal, ni de restauración ambiental. Foto tomada desde la cima (agosto de 2018).
Bancos abandonados de la zona Norte – Oeste sin atisbo alguno de reposición de tierra vegetal, ni de restauración ambiental. Foto tomada desde la propia ladera norte de la Peña (agosto de 2018).
Maquinaria abandonada en los bancos superiores de la zona norte de la Cantera de Santullán. Una nota en la política de gestión de residuos de Canteras de Santullán S. A.

El paso previo a la restauración de los taludes abandonados hubiera sido la preparación del suelo. En el Programa de Restauración se indica la forma de tratar la tierra vegetal, el método de creación de nuevo suelo, la forma de extenderlo, las labores de preparación de suelo, así como el procedimiento de siembra en cada una de las zonas a restaurar.

En la pág. 18 se establece el método para la plantación de bermas mediante extendido de una capa vegetal de 30 cm. de espesor mínimo y de 50 cm. en la base del talud superior; la siembra de especies herbáceas, la plantación de especies arbóreas, y de especies arbustivas. En la pág. 22 dice:

Además de la siembra de herbáceas, se llevará a cabo la plantación de especies leñosas arbóreas, arbustivas y trepadoras de acuerdo con las indicaciones de la Dirección General de Industria. Así en las bermas se plantarán especies arbóreas a una distancia de 2 m. de la base del talud y especies arbustivas a una distancia de 6,5 m. de la base del talud”. (A continuación se señalan las especies de árboles y arbustos, así como las distancias entre plantas y de la zona interior y exterior de la berma, la plantación de hiedra, los tamaños de las plantas etc.).

Plano de detalle de la restauración de los bancos.

 

Incumplimiento del Programa de Restauración y del Plan de Etapas.

El Plan de Restauración contiene un cronograma con tres fases de restauración con un periodo de vigencia de 60 años.

Fase 1 de 10 años, entre 2009 y 2018.

Fase 2 de 15 años, entre 2019 y 2033.

Fase 3 de 15 años, entre 2034 y 2048.

Fase 4 de 20 años, entre 2049 y 2068.

Pensar que esta cantera puede tener una vida útil de más de cien años es algo que me produce espanto. Así que mejor pienso en la vida de la cantera en los próximos años para ver qué es lo razonablemente exigible. 

El Plan de Etapas lo tenemos en este documento.

Tal como puede observarse el coste total de la restauración ambiental es de 1.115.293,71 €. Esto supone un gasto anual en restauración ambiental de 18.588,23 €, una cantidad escandalosamente ridícula.

Veamos los capítulos o acciones a abordar durante la Fase 1:

Sección del cronograma, Fase 1 del Plan de restauración Ambiental en el que se detallan los capítulos a ejecutar en los diez primeros años: Restauración del calero (en dos años y medio) Preparación del terreno, Preparación del terreno, Plantación de talud y bermas, Sembrado de bermas, Mantenimiento y reposición de bermas.

Lo que nos dice el Plan de Etapas del Plan de Restauración es que entre 2009 y 2018 se tendrían que haber acometido los siguientes objetivos: restauración de calero, preparación del terreno, aporte de tierras… todo ello para la plantación en taludes y bermas de los bancos abandonados, y el mantenimiento y reposición de marras de los mismos.

Enseguida hablamos de la restauración del calero. Pero en lo que respecta a lo más visible en el proceso de restauración, la restauración de bermas y taludes (aporte de tierras, plantación, sembrado y mantenimiento), no hay ni un solo metro cuadrado restaurado en la fase primera (2008 – 2018).

En la primera fase del Programa de Restauración se han presupuestado los siguientes capítulos en la restauración de bermas:

  • Superficie de aporte de tierra vegetal: 4.951,50 m2.
  • Superficie de siembra: 12.979 m2.
  • Arboles a plantar (pino monterrey, encina, laurel): 661.
  • Arbustos a plantar (aladierno, labiérnago, majuelo, endrino): 661.
  • Trepadoras (hiedra, 1 m.): 1.322.

En las bermas no se han plantado ni árboles ni arbustos, ni se ha hecho aportación de tierra vegetal, ni tampoco han prosperado hidrosiembras en los taludes superiores de la explotación.

Veamos los mapas en los que se delimitan los bancos superiores de la explotación que deberían haberse restaurado:

De acuerdo con el Plano 4.1. de Restauración de la Primera Fase, y tal como se indica en las zonas coloreadas, deberían haberse plantado tres taludes y bermas de la ladera sur, este y norte de la explotación (marrón, azul y verde), ni se ha producido a la plantación con trepadoras en los demás taludes.
Los acopios de tierra , color marrón en el plano 4.1. se extienden por las zonas de plataformas y bermas, especialmente por la zona norte.

Incumplimiento de las recomendaciones del IGME. Desatención de la restauración de la zona norte.

En un informe de 12 de noviembre de 2007 elaborado por el IGME (Instituto Geológico y Minero de España, dependiente en la actualidad del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades) a petición de la Dirección General de Industria, en relación con la Restauración Ambiental de la Cantera de Santullán se señala lo siguiente:

A los efectos del avance de la restauración, se considera necesario el avance de la explotación de forma descendente (entendiendo por tal la extracción hasta la geometría final en un banco o grupo de bancos consecutivos –el nº de bancos puede variar en función de las necesidades de producción, considerándose que la necesidad de extraccion en más de dos bancos consecutivos debe ser justificada- para después proceder a extraer en el inmediato inferior) de modo que pueda procederse a una restauración que avance en paralelo a la explotación. Se considera conveniente la definición de dos avances distintos, uno para la zona norte que tenga ya o esté cercana a la geometria final y otro para el resto, debiéndose no obstante dar prioridad a que la primera zona (la zona norte) alcance la situación final en el menor tiempo posible aun a costa de no proceder a una explotación descendente si ello se justifica suficienemente.”   

“Que la zona norte tenga ya, o esté cercana a la geometría final”… “que alcance la situación final en el menor tiempo posible”. La información fotográfica nos dice que no se han cumplido las previsiones del IGME que hizo suyas la D. G. de Industria. La zona norte de la cantera a pesar de estar inactiva desde hace quince años no ha sido restaurada ofreciendo una imagen a la ciudad y al paisaje de anacronía en una explotación minera de España y de Europa.

 

La antigua escombrera de cal no se ha restaurado. Improcedente gestión de los residuos de cal y de los residuos mineros o estériles. 

La primera fase del Programa de Restauración que finalizaba en 2018 tenía previsto restaurar la escombrera de cal que está dentro de la zona de explotación, al sureste de la Peña. Se trata de una escombrera de depósitos compuestos por óxido de calcio e hidróxido de calcio que provienen de una industria próxima a la cantera (Dolomitas del Norte) y que fueron depositados en los años setenta (antes de la ampliación de la cantera).

Escombrera de cal, en el sureste de la Peña, cerca de Bicuédrano. Abril de 2017.

En el Programa de Restauración (pág. 19) se expone de forma detallada las técnicas de restauración de la escombrera:

Para restaurar esta escombrera se ha optado por su estabilización mediante recubrimiento de los residuos de cal depositados con tierras; estas se repartirán en tres capas, siendo de textura arcillosa de 10 cms. de espesor mínimo la inferior; la capa intermedia consistirá en tierras procedentes de excavaciones en terrenos naturales y tendrá 20 cms. de espesor mínimo; por último se extenderá en la superficie una capa de tierra vegetal con un espesor mínimo de 20 cms. este recubrimiento del talud se llevará a cabo de forma escalonada o abancalada, en sentido ascendente desde su base, con una altura de 4 m., bermas de 4 m. y una pendiente de talud igual o inferior al 100%. En la terraza o explanada superior de la escombrera el tratamiento será similar. Por otra parte, se recogerán las aguas de escorrentía mediante cunetas de guarda y se desviarán por los laterales del talud, con el fin de evitar fenómenos erosivos y daños estructurales en éste. Finalmente, se llevará a cabo una hidrosiembra arbustiva en los taludes de los bancales originados y siembra de herbáceas y plantación de especies arbóreas y arbustivas propias del encinar cantábrico en las bermas creadas.

Más allá de lo discutible de esta metodología que no consiste sino en tapar la escombrera y hacerla apta para el plantado de arbolado, lo cierto es que preveía la plantación de 140 ejemplares de encina, 140 de laurel, 280 de aladierno, 421 de majuelo, 219 de labiérnago y 219 de endrino. En total 1401 ejemplares, todos ellos de dos savias.

En el capítulo de mediciones se señala que la superficie a restaurar es de 12.743 m2 y en la pág. 25 se señala el modo y especies necesarias para aplicar una hidrosiembra sobre la escombrera.

La restauración de esta escombrera debiera haberse producido según el calendario del Plan a los 2,5 años de aprobarse, es decir, debería estar restaurado en el año 2011, al inicio de la primera fase del Plan de Restauración.

La realidad nos muestra que el calero (escombrera de cal) no está restaurado, ni asoma a algo que se parezca a una restauración.

Veamos la evolución de la escombrera de resíduos de cal, según la información de mapas de Cantabria:

La escombrera de cal en el año 2007.

La escombrera en el año 2016, último vuelo del sistema SIGPAC:


El calero, en la zona suroeste de la explotación. 4 de noviembre de 2018. En la zona inferior de la escombrera, la cal se ha sepultado con residuos o estériles de la cantera.

 

El calero, en la zona suroeste de la explotación. 4 de noviembre de 2018. En la zona inferior de la escombrera, la cal se ha sepultado con residuos o estériles de la cantera.
Mezcla de residuos de cal con resíduos de cantera y estériles. 4 de noviembre de 2018.

A la vista de la documentación gráfica y de las ortofotos históricas, se observa que no se ha producido la restauración de la escombrera de cal y en su lugar se está formando una escombrera de estériles. Está escombrera de estériles (resíduos mineros) ya está contemplada en el Programa de Restauración (pág 19), por lo que parece incomprensible que se mantenga un doble uso sobre un mismo espacio que, según el propio programa, debería estar restaurado en el año 2011. El almacenamiento y tratamiento de tales resíduos mineros es contrario a lo que prescribe el RD 975/2009 en la medida de que el Plan de Restauración no contiene el Plan de Gestión de Resíduos según el capítulo IV de dicho real decreto.

En fin, de todo esto se da cuenta en el escrito dirigido a industria en el mes de diciembre.

La balsa de decantación es insuficiente. No cumple con su función para la atenuación de impactos de elementos contaminantes.

El capítulo IV del Programa de Restauración se dedica a las “Medidas de protección para evitar la contaminación de aguas subterráneas y superficiales con el fin de evitar la contaminación de los recursos hídricos. A tal fin, y de acuerdo con los cálculos del caudal de las escorrentías (pág. 6 a 9 del Programa de Restauración) se calcula una superficie mínima de 881,14 m2 de superficie y una profundidad de 2,52 m. para lo que se diseña una balsa de 1000 m2 de superficie y una profundidad de 4 m, en el extremo noroeste de la plaza de cantera.


La balsa de decantación según la ortofoto del SIGPAC, acotada en su superficie aproximada de 290 m2.


Sin embargo, la balsa de decantación ocupa una superficie de unos 290 m2 cuando debiera tener al menos 881 m2, y está muy lejos de cumplir los 1000 m2 que se fijan en el Plan de Restauración. Por lo tanto el sistema de recogida de aguas contaminadas es insuficiente, y no cumple las funciones que deben exigirse a este tipo de explotaciones. Ello implica que en situaciones de abundante escorrentía, y aumento del caudal de aguas la balsa puede desbordarse y provocar la contaminación de los recursos hídricos del entorno, entre ellos el del arroyo de la Suma que cruza el valle de Sámano.

Hasta aquí, los puntos más importantes en los que se aprecia el incumplimiento del Plan de Restauración. Cuando este Plan fue aprobado por la D. G. de Industria, se imponía un condicionado volviendo a insistir en la obligación de iniciar la restauración por la zona norte, de oeste a este, de arriba abajo. A la vista de lo expuesto sabemos dos cosas: la empresa no cumple y la administración no controla, pues de hacerlo hubiera implicado la apertura de un expediente y la exigencia de sanciones a que hubiera lugar por infracción grave, o muy grave, de la ley de Minas, y acaso la suspensión de la actividad minera hasta que no se cumplan con las exigencias previas a la explotación, puesto que la explotación de una cantera debe ir unida a la restauración ambiental, y esto es algo que no ha sucedido en los cincuenta años de vida de la Cantera de Santullán.

Cantera anacrónica: destrucción de encinar cantábrico.

Decíamos al principio la actividad de una cantera debe estar sujeta al control de la administración en la medida de que es una actividad minera (D. G. de Industria), y que se exige tambien el control del Ayuntamiento sobre la base de su actividad está enclavada en un territorio afectado por unas normas urbansiticas. Pero además, una cantera es una actividad que debe estar sujeta a la legislación ambiental.

La cantera se ubica sobre un monumento natural, la Peña, que cuando se aprobó el Plan General mereció su protección. Posteriormente en el año 2003, tras un convenio urbanistico entre Miguel de la Vía y el Ayuntamiento se amplió la zona de explotación, permitiendo la explotación de la falda este y sur de la Peña en la que se albergan zonas muy valiosas ecológicamente, de hecho en la aprobación del Plan de Ordenación del Litoral, toda la Peña de Santullán mereció la calificación de AIP (Área de Protección Paisajistica). Para equilibrar esta paradoja que sería inexplicable en un pais que se ocupa del medio ambiente se impuso por parte de la Dirección General de Medio Ambiente un condicionado bastante severo en la Estimación de Impacto Ambiental que impedía la corta de ejemplares de encinas, que protegía la zona de expansión del encinar, y que se creara una barrera de amortiguación y de la que reproduzco lo siguiente:

Extracto de la Estimación de Impacto Ambiental aprobada por la D. G. de Medio Ambiente tras la aprobación del modificado nº 3 y 4 del PGOU, aprobado en abril de 2003, que permitió la ampliación de la Cantera a las faldas este y sur de la Peña. Además de la protección de las encinas, la EIA condicionaba la explotación de la Cantera de Santullán a respetar las zonas de expnación del encinar, y a la creación de una zona de amortiguación. Ver documento de Estimación de Impacto Ambiental.

Ya se han reproducido unas cuantas fotos en las que se ve como la Cantera, a partir de 2003 arrasa con el encinar de la parte superior de la zona norte, de toda la ladera este, y una buena parte del encinar cantábrico, menos tupido, de la zona sur.

A la vista de esta salvaje anacronía, la Plataforma para Salvar la Peña, en el año 2007 instó al Ayuntamiento para que se dirigiera a Medio Ambiente con el fin de modificar la zona de explotación, sobre la base del flagrante incumplimiento de la Estimación de Impacto Ambiental. Este es un momento que debe anotarse como muy positivo, con una administración municipal receptiva, y un alcalde, Fernando Muguruza (junto al concejal de Medio Ambiente Pedro Quintana), que entendió la propuesta del movimiento ecologista y la  lideró el empeño para recortar la zona de explotación de la Cantera. Finalmente, la D. G. de Medio Ambiente accedió a recortar de la zona de explotación el encinar más denso de la ladera sur, dejando las zonas menos densas de encinar dentro de la explotación. Así pues, la cantera tala encinas protegidas, y se lleva por delante un espacio que debiera estar protegido. Finalmente, Medio Ambiente accedió a recortar de la zona de explotación el encinar más denso, dejando las zonas menos densas de encinar dentro de la explotación. Así pues, la cantera tala encinas protegidas, y se lleva por delante un espacio que debiera estar protegido. Esa es la razón del escrito dirigido a la D. G. de Medio Ambiente, avisando del incumplimiento de la Estimación de Impacto Ambiental, algo que se viene suceciendo de forma continuada, desahaciendo el equilibrio necesario que debe primar en una explotación minera que cumple con la normativa minera y ambiental.

Tengo que detenerme un momento para rendir el homenje necesario a la Plataforma para Salvar la Peña de Santullán. Obviamente no conseguimos todo lo que nos proponíamos, pero lo que se consiguió fue posible gracias al empeño de los que participamos activamente en la Plataforma (SEO Bird Life, Grupo de Montaña, Ecologistas en Acción, Otro Castro es Posible, Grupo Espeleológico GRAES, Asociación de Vecinos del Valle de Sámano, y vecinos de Castro, Sámano y Santullán que participaron a título personal) y al apoyo conseguido a nuestras propuestas.

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Y lo que se consiguió no es poco, cambiar la zona de explotación de una cantea dejando fuera el encinar de la zona sur, el que atravesamos justamente para acometer la subida a la Peña por la falda sur.

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Marcha para Salvar la Peña,  julio de 2009. La foto está hecha en la zona de La Bortosilla, en la ladera sur de la Peña, muy próximo al encinar que se ve en la misma foto y que se sacó de la zona de explotación.
 

Una nueva relación con la Cantera de Santullán

Después de este largo y necesario recorrido sobre la situación de una cantera ilegal, anacrónica y sin restauración ambiental, en la que las administraciones no se dan por enteradas, quizás podamos responder a las preguntas que nos hacíamos al principio.

¿Es aceptable que esta explotación minera pueda continuar hasta el infinito? ¿Debe albergarse la posibilidad de que la explotación minera tenga un fin en un periodo razonable de tiempo?

Obvio es que la Cantera de Santullán no puede durar para siempre, porque los recursos mineros se agotan y porque ni siquiera la ley admite una concesión por más de noventa años ¿Hasta cuándo entonces debe durar la explotación de esta cantera? Es difícil preverlo. Creo que lo más razonable es pensar que con un modelo de explotación adecuado en el que se incorpore como es debido la restauración ambiental, la duración de la cantera tendría como límite una situación tal en la que la explotación minera no ponga en riesgo la entidad de la montaña. La Peña tendrá una huella imborrable de lo que fue su actividad minera, como así ha sucedido con el Monte de Dícido y de Setares. Pero si en la Cantera la restauración ambiental y las restricciones para respetar los ecosistemas relevantes fueran objetivos igual de importantes que la explotación minera, nadie tendría por qué ver peligrar los puestos de trabajo y los rendimientos empresariales.

Pero pensar que la cantera pueda durar hasta 2055 con el actual modelo de explotación sería inaceptable. Los puestos de trabajo que subsisten pueden conservarse pensando en la final de la vida laboral de los trabajadores de la cantera, de tal manera que las tareas de explotación vayan descendiendo paulatinamente, a medida de que aumentan los trabajos de restauración y rehabilitación definitiva de la Cantera.

No seré yo quien diga cuándo debe producirse el final de la Cantera, pero si me debo expresar que lo razonable es que se pacte un acortamiento de la vida de la Cantera en condiciones sociales y ambientales asumibles.

¿Es posible otra forma de explotar la Cantera?

Esta es la pregunta a la que podemos responder de forma más certera e inmediata. A la visto de lo dicho en este escrito no debiera admitirse el actual modelo de explotación en el que hay claros indicios de ilegalidad. Debe plantearse un nuevo Plan de Restauración, actualizado con la nueva legislación, y con una observancia ejemplar de las normas mineras y ambientales, así como un estricto cumplimiento del Plan General.

¿Cuál debe ser el futuro del espacio que ocupa la Cantera de Santullán?

Esto es muy importante, y por ello debe ser resultado de una decisión consensuada con la ciudadanía. Obvio es que las funciones del territorio de la Cantera una vez restaurado y rehabilitado están determinados por la función que ocupa en el territorio la Peña de Santullán, primando los aspectos ecológicos y culturales, lo que no obsta a un estudio que permita la planificación del conjunto de la Peña como un magnífico recurso natural y cultural a la vista del atractivo de la Peña por sus valores históricos y culturales, por la espeleología, la geología, el ocio,  el deporte en naturaleza, y la educación ambiental. La ley de Patrimonio Cultural de Cantabria contempla figuras de protección a medio camino entre la ZONA ARQUEOLÓGICA y el PAISAJE CULTURAL, espacios incardinados en la protección de la Montaña Oriental Costera.

La Peña, desde la rampa de San Guillén, Puerto de Castro.

El espacio de la Cantera es de muy diferente topografía, usos, y mantiene una relación directa con el pueblo de Santullán, por lo que el futuro del espacio, debe estudiarse concienzudamente en el nuevo Plan de Restauración Ambiental, resultado de un análisis de los diferentes ecosistemas y hábitas que se interrelacionan en la Peña, así como de las necesidades y demandas del pueblo de Santullán y del municipio de Castro Urdiales.

¿Y qué puede hacerse a partir de ahora?

Lo que yo creo que hay que hacer es empezar a caminar decididamente en cambiar el contrato social de la Cantera, modificando de forma consensuada y participada un cambio en la relación de la Cantera con la sociedad, entendiendo que la Cantera es una actividad minera que forma parte de la Peña de Santullán (y no al revés), y que por lo tanto la actividad de la Cantera es algo que trasciende a la propia actividad minera. Esto significa que la relación contractual entre la empresa concesionaria y la Junta Vecinal hay que extenderla, por su incidencia en un paisaje cultural y natural que nos concierne a todos, a un contrato social más amplio con la ciudadanía de todo el municipio de Castro Urdiales. Esta nueva relación pasa por el absoluto convencimiento y control de la legalidad, con una restauración ambiental ejemplar, ajustada a nuestro tiempo, con un horizonte temporal en el que puede atisbarse la recuperación de este monumento natural como un magnífico recurso para el municipio, en especial para las Juntas Vecinales de Sámano y Santullán. Esto implica una negociación entre el Ayuntamiento de Castro Urdiales y Canteras de Santullán, con la participación de Juntas Vecinales de Sámano y Santullán, y la ciudadanía, que conduzca a un nuevo modelo de explotación en el que los derechos mineros no alteren el respeto por el medio ambiente y el cumplimiento de la normativa del Plan General, salvando los valores de la Peña, restaurando los espacios mineros explotados en la Cantera y visionando un futuro para la Peña de Santullán.

Podría parecer un objetivo de lo más natural, un reto complejo pero necesario de abordar. Pero lamentablemente no se vislumbra ningún propósito en esa dirección entre las fuerzas políticas locales acostumbradas a no intervenir, a no meterse en líos, a mirar para otro lado y a esconder el polvo debajo de la alfombra. Es por lo que las asociaciones ecologistas deberíamos tomar una posición más incisiva, enseñando si fuera menester el camino de los tribunales a las administraciones que sabiendo de las ilegalidades que se están cometiendo, mantienen una actitud irresponsable de no contestar.

Juantxu Bazán

9 de febrero de 2019

Modificado nº 23 en zona inundable: EL CENTRO COMERCIAL LOLÍN INUNDADO DE INTERROGANTES

En el Modificado nº 23 del Plan General de Ordenación Urbana de Castro Urdiales, es decir, el que viene como consecuencia del Convenio Lolín, hay cosas que sabemos y cosas que no sabemos.

Sabíamos que la fábrica de anchoas Lolín estaba ubicada sobre una porción de suelo público apropiándose  de un terreno calificado por el Plan General como VIAL. Ahora un informe de la ingeniera municipal nos lo confirma.

Sabíamos que el Modificado del Plan General propone una edificabilidad exorbitante en la parcela de la fábrica de anchoas, y también sabíamos que la recalificación de suelo para la instalación del nuevo centro comercial tiene una ocupación en parcela (88%) muy por encima de la que permite la ley del suelo (66%). Hoy esperamos que los servicios técnicos puedan verificarlo con simples operaciones aritméticas.

Sabíamos también que el Ayuntamiento, con esta forma de planificar mediante convenio negociado con un empresario (el candidato a la alcaldía por el PRC, Jesús Gutiérrez) renuncia a recuperar el dominio público de la margen derecha de la ría Brazomar y a ordenar el conjunto de Brazomar en función de las necesidades del conjunto de la ciudad. Hace tiempo que vengo dándome cuenta que esto es algo que al Ayuntamiento de Castro Urdiales le importa un bledo.

Lo último que sabemos es que el futuro centro comercial se pretende ubicar en ZONA INUNDABLE.

Todavía estoy sorprendido de la escasa importancia dada esta cuestión por el equipo de gobierno municipal que ha soslayado la advertencia dada por la Confederación Hidrográfica del Cantábrico y ha dado el visto bueno al Modificado del PGOU que permitirá el futuro centro comercial. Así que para aliviar mi extrañeza voy a explicar lo acontecido y las consecuencias que esto puede acarrear para el futuro de este Modificado del Plan General número 23.

En el informe de la CHC de septiembre de 2018 se dice que el Modificado nº 23 se ubica en zona inundable, concretamente dentro del AREA de RIESGO POTENCIAL SIGNIFICATIVO DE INUNDACIÓN, señalando que “si bien el ámbito de actuación no se emplaza en zona de policía del dominio público hidráulico, el mismo resulta íntegramente inundable para la avenida de 100 y 500 años de periodo de retorno, así como al zona de flujo preferente”.

Debe aclararse que el informe que se emite no es para autorizar o desautorizar el plan o el centro comercial, se trata de un informe que es preceptivo (así lo establece la Ley de Aguas y la Ley estatal del Suelo) cuando se tramita un planeamiento urbanístico, y en él la CHC expone cómo este Modificado nº 23 puede afectar la dominio público hidráulico, a la zona de servidumbre de policía, y a las zonas inundables. Quienes tienen que autorizar o desautorizar, lo dice el informe (y la ley), son las autoridades competentes en Ordenación del Territorio y Urbanismo (art. 41.2 RD 1/2016 Revisión del Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Occidental). El modificado tiene que pasar a informe de la Dirección General de Ordenación del Territorio antes de su aprobación definitiva, y espero que en esta administración den una interpretación acertada. Pero, ¿y el Ayuntamiento?

El Ayuntamiento, tal como señala en la Memoria del Modificado nº 23, hace mutis:

“Descrita la afección por inundabilidad que presentan los terrenos, y no encontrándose la actuación en la zona de policía de dominio público hidráulico, el Ayuntamiento queda advertido del contenido del art de la normativa de la revisión del Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica de la Demarcación del Cantábrico Occidental (RD 1/2016)[1], respecto a la zona inundable exterior a la zona de policía del dominio público hidráulico”.

 Lo que el Ayuntamiento interpreta es que, como la CHC es la administración que vela por todo lo que concierne al Dominio Público Hidráulico y el modificado está fuera de la Servidumbre de Policía del DPH, no se la considera competente (esa es la justificación dada por la asesoría jurídica del Ayuntamiento). Y si esto es así, digo yo, ¿porque la CHC se explaya advirtiendo que la ZONA INUNDABLE afecta a este modificado del PGOU? En el informe de la CHC se reproduce  el art. 41.2 del RD 1/2016 que, creo ha sido mal leído, en el que se habla del papel de las administraciones en zonas inundables, estén o no, en zona de Policía del DPH:

A las administraciones competentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo que deban autorizar los distintos usos y actividades en zona inundable exterior a las zonas de de policía del dominio público hidráulico y de servidumbre de protección del dominio público marítimo terrestre, les corresponde velar por el cumplimiento de las limitaciones a las que hace referencia el apartado 1.

Es decir, la ley se está refiriendo la la “zona inundable exterior a las zonas de policía del dominio público hidráulico”… por lo tanto, lo que debe preocupar a la administración competente en Urbanismo (el Ayuntamiento) es que estamos en zona inundable, y que por tanto hay que cumplir las limitaciones del apartado 1 a las que enseguida me referiré.

Así pues el Ayuntamiento no puede desentenderse de esta cuestión y eso es justamente lo que esta “advirtiendo” (ese es el verbo que utiliza la CHC), que aunque el Modificado no está en zona de Dominio Público Hidráulico, si es una zona inundable exterior a ese DPH y debe cumplir la ley. Perdón por la reiteración, pero es que no llego a comprender como se puede obviar esta cuestión tan importante.

Las nuevas edificaciones no pueden ser autorizadas en ZONA INUNDABLE

La CHC no autorizó la ampliación del gimnasio en el IES Dr. Zapatero

Para entender la dimensión del problema debemos reproducir los mapas de inundabilidad que se adjuntan al informe y que están a disposición en la página web de la CHC. En el caso del río de Sámano, se hace un recorrido cartográfico zona por zona, según las variables de estudio: calado (profundidad de la inundación previsible a corto, medio y largo plazo); peligrosidad; y zonas de flujo preferente. Reproducimos el mapa que afecta al encuentro del río de Sámano con la ría de Brazomar:

inundabilidad_mapacompleto_peligrosidad
Mapa de Peligrosidad (extensión previsible de la inundación). La líneas en azul claro delimitan el cauce de la ría, es el dominio público marítimo terrestre (competencia de Costas).

Veamos el mismo mapa, un poco más cerca:

inundabilidad_fábricalolín_peligrosidad
El Mapa de Peligrosidad (extensión previsible de la inundación), y en el centro la Fábrica de Lolín, parcela sometida a recalificación a través del Modificado nº 23 del PGOU. El mapa ha sido elaboradao por la Confederación Hidrográfica del Cantábrico dentro del proyecto de adaptación al Sistema Nacional de Cartografía de zonas inundables para la revisión e integración de las ARPSIs MAREALES en la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Occidental.

En la misma zona reproducimos ahora el mapa con la Zona de Flujo Preferente, es decir, “la zona que pueden producirse graves daños para las personas y bienes y en las que el calado es superior a un metro y la velocidad superior a 1 m/seg.”, según la propia definición dada por el Ministerio para la Transición Ecológica.

inundabilidad_fábricalolín_zfp_reduc
Mapa de Peligrosidad. Delimitación de la Zona de Flujo Preferente.

Se da la circunstancia que el Instituto de Enseñanza Secundaria Dr. Zapatero se encuentra en similares condiciones, puesto que sus instalaciones tal como puede verse en los mapas se encuentran dentro de la zona inundable, razón por la que la CHC desautorizó la ampliación de un gimnasio, ocupando más suelo del que ya ocupan los edificios del IES. Con este precedente, es difícil de creer que el Centro Comercial pueda ser autorizable en zona inundable, al otro lado de la calle, a menos de 50 m.

Las zonas inundables tienen unas normas en la que se establece qué es lo que puede ser construido, y qué es lo que está prohibido construir. Esas normas, según le advierte la CHC al Ayuntamiento son las que establece la propia Ley de Aguas, el Reglamento de Dominio Público Hidráulico, y el RD 1/2016 Revisión del Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Occidental. El art. 40.2 del RD 1/2016  dice lo siguiente:

De conformidad con el artículo 9.2 del RDPH en la zona de flujo preferente sólo podrán ser autorizados por la Administración Hidráulica los usos y actividades permitidos en esta zona que no presenten vulnerabilidad frente a las avenidas y que no supongan una reducción significativa de la capacidad de desagüe de dicha zona. Consecuentemente, con carácter general, en esta zona no podrán ser autorizados:

(…)

c) Nuevas edificaciones, cualquiera que sea su uso, incluyendo centros escolares o sanitarios, residencias geriátricas o de personas con discapacidad, parques de bomberos, instalaciones de los servicios de Protección Civil, estaciones de suministro de carburante, granjas y criaderos de animales.

d) Obras de reparación de edificaciones existentes que supongan una alteración de su ocupación en planta o de su volumen o el cambio de uso de las mismas que incremente su vulnerabilidad frente a las avenidas.

(…)

j) Infraestructuras lineales diseñadas de modo tendente al paralelismo con el cauce, con excepción de las de saneamiento, abastecimiento y otras canalizaciones subterráneas que, en todo caso, salvo zonas puntuales en que no exista solución viable, deberán situarse fuera de la zona de servidumbre del dominio público hidráulico.

A la vista del dictado de esta norma, la nueva edificación que se propone en el modificado nº 23 del PGOU (la ampliación en el solar de la nueva superficie comercial) no debería ser autorizada por ser nueva edificación en zona inundable (apartado c); tampoco debe autorizarse obras de reparación del edificio existente en la medida de que los nuevos usos (aparcamientos, equipamientos públicos, comercios… implican una mayor vulnerabilidad frente a las avenidas (apartado d); la construcción de infraestructuras (zona peatonal o acceso a los aparcamientos no deben permitirse porque abortan la permeabilidad de la zona inundable (apartado j).

A la vista de esto, es posible, que ahora sepamos más de lo que acontece en zona inundable, y quizás por eso, por saber más, nos sigan salpicando más interrogantes, entre ellos el de no entender la temeridad de un Ayuntamiento que aprobado un Modificado del PGOU con un informe tan evidente, y en el que el principio de cautela y seguridad tendría que haber prevalecido sobre las prisas por aprobar este Modificado nº 23.

¿Más interrogantes? Pues sí, interrogantes que devienen en perplejidad porque este asunto el de la inundabilidad, fue pasado por alto por la Dirección General de Ordenación del Territorio y Evaluación Ambiental que durante el trámite de Evaluación Ambiental entendió que la Confederación Hidrográfica no debía ser administración sectorial consultada a los efectos de evaluar los riesgos que para el medio ambiente tiene el Modificado nº 23, aspecto por el que me he dirigido a esta entidad para pedir aclaraciones y solicitar la nulidad del Informe Ambiental Estratégico.

Tampoco me queda nada clara, la actuación de la Demarcación de Costas de Cantabria de la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar, entidad que en el informe previo a la aprobación inicial del modificado le pide al Ayuntamiento que corrija la pasarela sobre el cauce de la ría que ha tenido que ser retirada, así como el trayecto del carril bici, y un extraño, pintoresco, y absurdo cambio de la servidumbre de tránsito que de forma inaudita se planifica para que bordee un centro comercial. A pesar del varapalo aplicado por Costas, lo que me extraña es que esta entidad no haya informado sobre la inundabilidad habida cuenta de que una buena parte del edificio se ubica en Zona de Servidumbre del Dominio Público Marítimo Terrestre y el nuevo centro comercial se va a construir sobre zona inundable exterior a esta Zona de Servidumbre del Dominio Público Marítimo Terrestre, aspecto sobre el que también me he dirigido a Costas y sobre el que me he extendido en mi escrito de alegaciones. ¿Por qué el Ayuntamiento no solicita a Costas que se pronuncie sobre esta cuestión?

Así pues, en el tan traído y llevado asunto del Modificado del PGOU nº 23, el que viene del Convenio Lolín, discurre sobre aguas turbulentas, inundado de interrogantes, algunos que vamos resolviendo, y otros que esperamos se vayan resolviendo antes de su aprobación definitiva, y en el que lo único cierto es que hay un empeño excesivo en que la operación de recalificación salga adelante, aun y a costa de poner en riesgo la credibilidad de un Ayuntamiento que debiera reaccionar de forma más prudente a las advertencias de la Confederación Hidrográfica.

Juantxu Bazán, a 27 de enero de 2019.

[1] Real Decreto 1/2016, de 8 de enero, por el que se aprueba la revisión de los Planes Hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro.

Enlace con la documentación del Modificado del PGOU publicada en la web del Ayuntamiento de Castro Urdiales

Informe de la CHC advirtiendo de la inundabilidad de la parcela del Modificado nº 23 

Escrito de Alegaciones a la aprobación inicial del Modificado nº 23 del PGOU

Escrito dirigido a la Dirección General de Ordenación del Territorio y Evaluación Ambiental solictando la nulidad del la Evaluación Ambiental del Modificado nº 23 del PGOU

Escrito dirigido a la Delegación del Gobierno

Escrito dirigido a Costas

Más información sobre el CONVENIO LOLIN

Carguedario 2019: calendario para acordarse de la urgente restauración del cargadero de Dícido.

Publico como cada año el calendario del cargadero de Dícido; en esta ocasión en tres versiones: con las fiestas locales de Castro Urdiales, Santander, y Bilbao.

CARGUEDARIO DE CASTRO URDIALES 2019:

Calendario de 2019 con las fiestas locales de Castro Urdiales.

 

INCERTIDUMBRE QUE DEBE DESPEJARSE EN EL 2019

Tras la inquietud plasmada por el comunicado de los tres colegios profesionales de Cantabria (arquitectos, ingenieros industriales e ingenieros de caminos) solicitando una intervención urgente para la restauración del Cargadero de Dícido de la que se dio eco el propio presidente de Cantabria, el Ministerio de Cultura adjudicó en octubre de 2017 el Estudio previo para la rehabilitación del Cargadero de Dícido, un estudio que tiene como objeto analizar el estado de la estructura metálica y su capacidad para soportar los usos que requiere su futura rehabilitación. Este estudio debería haberse entregado en octubre de este año, y a estas alturas la Dirección General de Cultura, la Demarcación de Costas de Cantabria y el Ayuntamiento de Castro Urdiales tendrían que dar cuenta del plan previsto para restaurar el cargadero, plan que pasa necesariamente por la redacción del proyecto de restauración o rehabilitación (el estudio previo deberá determinarlo) y tras esto, un plan director en el que deben colaborar las tres administraciones afectadas y también el Ministerio de Cultura, y el Ministerio de Fomento al auspicio del 1,5 % Cultural.

SE CUMPLEN NUEVE AÑOS DESDE EL ABANDONO DE LA OBRA DE REHABILITACIÓN DEL CARGADERO

La rehabilitación del cargadero tendría que haberse producido en el año 2010. A tal fin se destinó un presupuesto con cargo al «Plan E» de algo más de 1 millón de euros. La obra de la rehabilitación del cargadero se abandona por la empresa pública TRAGSA so pretexto de que no era posible su rehabilitación, cuestión controvertida sobre la que he escrito en este blog, y que se va a desvelar dentro de poco confirmando que el cargadero es rehabilitable, algo que a muchos técnicos expertos en estructuras no va a sorprender.

Abandonada la rehabilitación del cargadero se inaugura en octubre de 2010 la obra del entorno minero de Dícido que había sido licitada junto a la rehabilitación del cargadero, una obra con un coste de 740.000 euros. El capítulo de obra correspondiente a la rehabilitación del Cargadero (unos 400.000 €) queda pendiente para rehabilitación futura del Cargadero. En la truculenta y alucinante tragicomedia que rodea la rehabilitación del Cargadero debe anotarse que la Dirección General de Cultura llegó a alentar la construcción de una réplica del Cargadero.

ABANDONO DEL ENTORNO MINERO DEL CARGADERO DE DÍCIDO.

El pasado 6 de diciembre fui a ver el Cargadero, y el entorno minero con idea de fotografiar un nuevo derrumbe del talud próximo a los túneles de acceso al cargadero.

Voy a mostrar algunas de las fotos que hice para tener idea del estado del entorno del cargadero. El paso al cargadero está prohibido por razones de seguridad y a pesar de ello observé que muchas personas lo burlan con bastante frivolidad. Yo también lo hice con ánimo de informar, pero debo advertir que nadie debe seguir mi ejemplo, y mucho menos cuando no se va suficientemente equipado o acompañado de niños.

Entrada al paseo peatonal que nos lleva al Cargadero de Dícido.

Carteles que informan de la declaración como Bien de Interés Cultural del Cargadero en 1996, y ortofoto con los yacimientos mineros del sistema de transporte y carga de mineral de las minas de Dícido.

Enlace con la página del gobierno de Cantabria BIC del Cargadero de Dícido.

Acceso al Cargadero y al plano inclinado, así como a la playa de piedra están cortados como consecuencia de los desprendimientos.
El camino de acceso al Cargadero se haya cerrado desde hace seis años por desprendimientos.
Las instalaciones de electricidad del entorno minero están saqueadas y destrozadas.

El Cargadero y la playa de piedra.

El segundo de los desprendimientos importantes; este se ha producido hace algo más de un año impidiendo el acceso al túnel del plano inclinado.

Al pie del desprendimiento aún se levanta el cartel que identifica los tres túneles que formaban parte de la infraestructura de transporte de mineral.

El primer derrumbe producido hace unos seis años que obstruye la boca de salida del primer túnel de acceso al Cargadero.
Plano general del derrumbe del talud que entapona la salida del primer túnel.
Acceso al segundo túnel que lleva al Cargadero.
El segundo de los túneles, el más largo, se encuentra en buen estado pero sin mantenimiento y con la instalación eléctrica arrancada y la luminaria destrozada.
Las mallas están a punto de ceder por falta de mantenimiento y exceso de peso por los derrubios almacenados.
Paso desde el túnel al cargadero y depósito de mineral con las instalaciones de luz destrozadas.
Vista lateral del Cargadero.
Al vandalismo que saqueó las instalaciones se unen las pintadas que han destrozado los paneles interpretativos en el paso que une el Cargadero con el Depósito.
Parte inferior del depósito de mineral contiguo al Cargadero.
Vista del cargadero desde el anclaje.
Vista superior de la estructura.
Vista inferior.
Desde la escalera de acceso a la zona superior del depósito de mineral.
Vista de la estructura del Cargadero, desde la zona alta del depósito de mineral.

Vista de la zona superior del depósito de mineral.
Estado del mobiliario instalado en zona superior del depósito de mineral.

 

El Cargadero y el depósito de mineral desde el camino de acceso a las campas de Arciseri.

 

El Gobierno de Cantabria (con la aquiescencia de los partidos políticos) sigue manteniendo el enchufismo político

Según explica un informe de la OCDE de 2018 España es uno de los países del mundo en dónde más cambian los cargos. Cambian tanto los cargos como cambian los gobiernos, posición en la que nos colocamos al lado de Turquía y muy por debajo de los países europeos, incluso por debajo de Polonia, Hungria, Grecia o Eslovaquia. Tanto cambio en los cargos es, según la propia OCDE, una anomalía que favorece el ascenso de personas insuficientemente cualificadas dañando la imagen de eficiencia de la Administración Pública.

Pensemos por un momento lo que puede suceder en Cantabria en el caso de que se produzca cambio de gobierno dentro de medio año, tras las elecciones de mayo de 2019. Cuando se hagan los nombramientos de cargos directivos a mediados de julio, medio centenar de personas entre directores generales, secretarios generales y directivos de empresas públicas serán cesados y se sustituirán por otros tantos que serán nombrados a dedo por el Gobierno a propuesta de los consejeros. Como es natural los consejeros se acompañarán de personas que procuren el buen funcionamiento de su Consejería, pero lo harán entre personas de su confianza, y casi siempre personas militantes de su propio partido. Además de los cargos directivos, se renovarán también los jefes de gabinete, los asesores y demás cargos de confianza que modificarán el ecosistema de cada Dirección General en el que la especie funcionarial se adaptará entre expectante y perpleja a las nuevas pautas de los nuevos colonos de cada Consejería. En el caso de la Administración autonómica cántabra resulta especialmente patológico que la designación a dedo llega también a Jefes de Servicio de algunas direcciones generales.

No seré yo quien ponga en duda la valía de los cargos directivos nombrados a dedo. Entre ellos habrá de todo, como en todas las boticas. Pero de lo que se trata es de reflexionar sobre si es prudente este procedimiento de designación de los cargos directivos. Es decir, no se trata de aplaudir o denigrar a las personas que al consejero de turno le parezcan buenos colaboradores, sino de que haya un sistema de elección que sea justo, porque si el sistema de elección es bueno la probabilidad de que los cargos directivos sean profesionales competentes es mucho más alta. Antes de seguir, conviene aclarar que hay cargos directivos, como por ejemplo los directores generales, en los que recae la responsabilidad en la gestión, la resolución en los procedimientos y la toma de decisiones en la actividad ordinaria de cada consejería, y por lo tanto de estas personas depende en buena medida que la maquinaria administrativa funcione, y por ende, que se den buenos servicios a la ciudadanía. Cada cuatro años, con las idas y venidas de los partidos políticos que ascienden y descienden del poder se produce un parón administrativo inadmisible que empieza antes del periodo de campaña electoral y culmina dos meses después de las elecciones tras el nombramiento de los nuevos cargos. Si hay cambio de poder político el parón es aún mayor, y lejos de acontecer un tranquilo y racional traspaso de poderes y de asuntos pendientes, lo que se produce es un “volver a empezar” con un sinfín de expedientes que se escapan por un agujero negro como si en la Administración no hubiera pasado nada antes de la reocupación de los sillones por los nuevos políticos refulgentes de éxito.

Cuando hablamos de eficiencia en la Administración Pública nos introducimos en vericuetos que van más allá de lo que quiere abordarse en este escrito, lo que nos induce a plantear la necesidad de hacer reformas de calado en el funcionamiento de la Administración Pública (de las administraciones públicas), entre ellas las que afectan a los procedimientos de selección del funcionariado, y al Estatuto de la Función Pública. Pero ello no obsta a que enjuiciemos que en buena medida la ineficiencia de nuestra Administración sea consecuencia del fulgurante asalto a los puestos directivos que se produce cada cuatro años. La propia OCDE lo ha descrito como un sistema clientelar que en lugar de valorar el mérito y la capacidad se designa a los amigos políticos en función de la lealtad; y una asociación de funcionarios tan pulcra como FEDECA, que aglutina a 47 asociaciones profesionales de funcionarios, se ha posicionado claramente por la elección de los directivos públicos sobre la base del mérito, capacidad e idoneidad y hace votos para que se ponga fin al clientelismo político que anida en la Administración.

La nueva ley de Cantabria 5/2018 sigue manteniendo el nombramiento a dedo de directores generales, secretarios generales y directivos de empresas públicas

Volvamos a Cantabria. Recientemente se ha aprobado la nueva ley de Cantabria 5/2018 de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, una ley que había permitido alguna expectativa de regeneración y racionalización de la administración autonómica, pero que tras el insustancial debate parlamentario sigue dejando las cosas en su sitio. Lo más descorazonador que se percibe de las actas de la sesión en la que se aprueba esta ley (por unanimidad) es que a ningún partido político le ha interesado debatir sobre el procediendo de selección del personal directivo del Gobierno de Cantabria. Por un momento llegué a creer que los cargos directivos iban a ser elegidos entre el funcionariado de los grupos A1 o A2, mediante un procedimiento público que hubiera permitido elegir a las personas con mayor capacidad y experiencia, con amplios conocimientos de los procedimientos y de las necesidades de los departamentos. Nada de eso. La esperanza se desvanece tras la enmienda presentada por el PP, sin ninguna oposición de los demás partidos, para dejar las cosas como estaban: la perpetuación del enchufismo político tal como se expresa en el artículo 69 de la nueva ley:  “los Secretarios Generales y Directores Generales serán nombrados libremente por el Gobierno atendiendo, a criterios de competencia profesional y experiencia, entre personas que reúnan los requisitos de solvencia académica, profesional, técnica o científica que en cada caso sean necesarios para el desarrollo de la función”. En el caso de los directivos de los organismos autónomos dependientes del Gobierno de Cantabria, el procedimiento es el mismo: “serán nombrados libremente por el Gobierno”. La gran falacia que introduce el texto es la de “nombrar libremente” con los “criterios de competencia profesional y experiencia”, a sabiendas de que el dedo del consejero no conoce de concurso de méritos, ni tendrá en cuenta la capacidad y experiencia del personal directivo del propio funcionariado.

Lo triste de todo esto es que es sabido que esta forma de proceder es muy negativa para el buen funcionamiento de la Administración Pública, golpeando su credibilidad, minorando la eficiencia en la gestión de los servicios, afectando a la propia autoestima del funcionariado y provocando la desmotivación y el absentismo de los profesionales públicos que a veces se ven ninguneados. Estamos hablando de muchos recursos públicos con un alto coste para la ciudadanía.

En esta situación cabría esperar una mayor predisposición y beligerancia por parte de los partidos políticos para cambiar esta anomalía, y sin embargo, a excepción de algunas declaraciones de coyuntura, y leves matices cargados de retórica, lo que observo es una aquiescencia con lo que hay, unas veces les viene bien a unos, otras lo reproducen los otros, y todos satisfechos con este sistema clientelar e ineficiente de enchufismo político.

 

Juantxu Bazán

10 de diciembre de 2018

Artículo publicado en la Tribuna del diario.es Cantabria

Pedaleando contra el cambio climático y por las energías renovables: la factura de la luz con Solabria.

Hay veces en las que muy poco puede hacer mucho. Un gesto, una pequeña aportación, un cambio en los hábitos… La multiplicación de todos esos pocos pueden significar mucho.

El caso de Eugenio Garcia-Calderón es distinto, el hace mucho. Ha querido ser caballero andante, mejor dicho, ciclista rodante, que lleva la palabra de las energías renovables por toda España. Es un proyecto de la ONG Zima Proyect que se ha propuesto divulgar por el mundo causa justa. La que nos ocupa no solo es causa justa sino que es necesaria. Y además es posible. Hacer algo por el planeta que nos ayude a caminar hacia otro modelo energético sostenido por las energías renovables.

Sé que hay muchas más cosas que hacer para mejorar la vida en el planeta, para mejorar también nuestra salud, y la calidad de vida de las personas. Pero pocas decisiones tan simples nos pueden permitir dar un pequeño paso que puede significar mucho. Cambiar la factura de la luz: comercializar y facturar con una cooperativa energética.

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Tarde del 3 de agosto en el paseo marítimo recibiendo a Eugenio, con Marimar, de Liendo.

De ello hablamos en Castro Urdiales, cuando recibimos a Eugenio con su bicicleta solar, un modo simple de explicar el camino hacia el autoconsumo. Pero lo que tratamos de explicar es que hay posturas más sencillas antes del deseable autoconsumo: cambiar la factura de la luz. Si un agente comercial llama a su puerta para venderle las ventajas de comercializar con una de las empresas del Oligopolio energético es posible que le convenza y cambie la factura. Aquí (de momento) no hay otra ventaja que la de facturar con una cooperativa que comercializará energía cien por cien renovable, una cooperativa sin ánimo de lucro en la que los socios tienen el control. Ningún agente llamará a la puerta. Por eso el esfuerzo que hace Eugenio es tan digno de aplaudir.

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Eugenio explicando el funcionamiento de la bicicleta solar. Castro Urdiales ha sido una de las etapas de la Vuelta a España en la que se van a recorrer 3250 kms.

El cooperativismo energético se abre paso poco a poco, socio a socio, factura a factura. Mi percepción es que la gente con la que pudimos hablar entiende el problema, y entiende que hay que dar el paso. Pero también pudimos comprobar al absoluto desconocimiento del cooperativismo energético, sobre todo en Cantabria. Una de las inercias que hay que vencer es ese apoltronamiento que nos impide tomar decisiones tan sencillas como cambiar la factura.

Por eso quiero erigirme yo en agente comercial de mi cooperativa energética, Solabria, y proponerte a que te pases a las energías renovables, porque eso es bueno para ti y para tu planeta. Aquí te lo explican:

http://www.solabria.es/quienes.php

Otras cooperativas energéticas en España:

GoiEner. Cooperativa de generación y consumo de energía renovable

https://www.somenergia.coop/es/

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Muchos curiosos se acercaron a ver la bicicleta solar, y a recibir las explicaciones de Eugenio, ingeniero industrial, especialista en energías renovables.

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Tras la etapa de Castro, Eugenio se dirige a Colindres, Laredo, y Torrelavega, para enfilar después hacia el sur hasta Madrid. 

Juantxu Bazán, 4 de agosto.

EL MIRAMAR SERÁ DEMOLIDO PORQUE NO TIENE “INTERÉS COMERCIAL»

Cuando leo la ley de Patrimonio Cultural de Cantabria y dice que

los poderes públicos garantizarán la protección, conservación, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Cultural de Cantabria”

…y sigo leyendo que

“la Consejería de Cultura y los Ayuntamientos, en su ámbito de acción, velarán por la pervivencia de todos los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de Cantabria”

… quiero creer que esto es así, y que, pensando en el edificio del Miramar de Castro Urdiales, las administraciones públicas han velado por su protección, pervivencia y conservación. El actual delegado del Gobierno en Cantabria, Pablo Zuloaga, me devuelve a la realidad para recordarme que es cuestión de tiempo su demolición y lo justifica porque el edificio “una vez descartado el uso hotelero no ha tenido interés comercial” (declaraciones a la emisora SER Castro Urdiales el 17 de julio de 2018). Y tras este autorizado dictamen me revuelvo y llego a la conclusión de que los poderes públicos no han entendido cuáles son sus obligaciones en relación con el patrimonio cultural, y sin desmerecer que ha habido algún esfuerzo por intentar salvar el edificio, los ensayos no han ido en la dirección adecuada, y ha faltado la condición primordial, no tanto el “interés comercial” del edificio como el interés cultural y la necesaria sensibilidad para salvarlo.

En sentido estricto el antiguo balneario hotel Miramar no es patrimonio cultural. Si lo es, pero no lo es. Quiero decir que es un edificio muy relevante arquitectónicamente, de gran importancia histórica y cultural, un edificio representativo de la arquitectura moderna racionalista, y cuya importancia ha sido puesta en relieve por diferentes colectivos. Es un edificio que también está en la memoria, y en la nostalgia de unas cuantas generaciones de castreños y castreñas. Pero no es un edificio protegido. Ni es un BIC (Bien de Interés Cultural) ni está inventariado como Bien de Interés Local, ni siquiera está dentro del Catálogo de Protección del Plan General de Ordenación; y es esta la razón por la que va a ser demolido, y antes de que así sea quiero explicar mi punto de vista y protestar por la inevitable destrucción del Miramar.

En el año 93, cuando se abrió el periodo de información pública previo a la aprobación inicial del Plan General de Ordenación Urbana de Castro Urdiales presenté una veintena de alegaciones; en una de ellas solicitaba que el Miramar se incluyera en el Catálogo de Protección, junto con otros edificios relevantes de la arquitectura moderna, entre ellos el club náutico, el edificio de La Pesquera de Ricardo Lorenzo y varias viviendas unifamiliares…). La alegación fue parcialmente tenida en cuenta, pero el Miramar no fue incluido finalmente en el Catálogo de Protección del Plan General. Alguien consideró que no era merecedor de protección. En esa época el Miramar todavía presentaba una imagen atractiva, pero es cierto que este edificio ha tenido añadidos que al día de hoy desmerecen el diseño original. Por eso cuando los detractores de su mantenimiento dicen que ya no merece la pena por ser un edificio feo y vetusto hay que recordarles que en la propuesta del Colegio de Arquitectos a la Dirección General de Cultura para la protección del Miramar se plantea devolverle el aspecto original, recuperando su volumen, fisonomía, terrazas, color y materiales que hicieron de este edificio un referente en la arquitectura cántabra de postguerra. Además del Colegio de Arquitectos, el grupo Alceda para la protección del Patrimonio Cultural de Cantabria hizo votos y solicitó el indulto para el Miramar, y siguiendo su estela la Plataforma para Salvar el Miramar mostró su protesta y reunió unos cientos de personas en uno de los días más lluviosos del otoño de 2017. Así pues profesionales de la arquitectura, historiadores y amantes de la cultura y del patrimonio, y una parte de la ciudadanía han entendido la necesidad de salvar este edificio, sin que se haya sentido, yo al menos no lo he percibido así, un clamor por la salvación de este trozo de patrimonio cultural de los castreños.

Portada del folleto de promoción turística de Castro Urdiales de 1946.

¿Y qué ha hecho la Administración por salvar el edificio del Miramar?

Sería injusto decir que no se ha hecho nada, pero lo cierto es que lo hecho no ha obtenido resultados favorables. La Dirección General de Costas (Ministerio de Medio Ambiente) trasladó la responsabilidad al Ayuntamiento, a la vista de que el edificio, ya con sentencia de derribo, debiera cambiar el uso (no podría ser hotelero, residencial o habitacional, pero si admitir usos que presten servicios consustanciales con la naturaleza del dominio público). El Pleno del Ayuntamiento de Castro Urdiales aprueba por unanimidad en julio de 2015, a propuesta del PRC, el cambio de uso del edificio lo que implicaba la tramitación del modificado del PGOU, pero el mandato del pleno no se lleva a efecto. En su lugar, el equipo de gobierno se mete en un enredo absurdo, y el alcalde inicia un periplo para buscar posibles inversores que salvaran el edificio, sobre la base de que el Ayuntamiento no estaba en condiciones de asumir una inversión tan importante para rehabilitar el Miramar como equipamiento público. Esta iniciativa puede ser plausible, pero ¿por qué se abandona el mandato del pleno de hacer el modificado del PGOU?

Aquí me detengo. En mi opinión el modificado del PGOU era justamente la salvaguarda para evitar el derribo del Miramar, pero no solo cambiando los usos en concordancia con la ley de Costas, sino incluyendo el edificio en el Catálogo de Protección Arquitectónica del PGOU. Es la protección formal del edificio, lo que realmente puede impedir su derribo, y a partir de aquí darle el uso adecuado como equipamiento público (de acuerdo con la ley de Costas en dominio público solo son admisibles “actividades o instalaciones que no puedan tener otra ubicación”). El mandato que tienen las administraciones públicas es la protección del patrimonio, y este mandato no tiene que estar determinado por la viabilidad económica, o porque el edifico albergue un negocio rentable, o ninguna empresa haya mostrado su “interés comercial”, según la expresión utilizada por el Delegado de Gobierno. Eso es algo que puede suceder o no puede suceder, pero ni siquiera esta contingencia va a ser desvelada si no se salva el edificio de su demolición con la necesaria protección. Ni el Castillo Faro, ni la ermita Santa Ana son económicamente rentables; tampoco lo es el polideportivo Peru Zaballa salvado in extremis para uso deportivo dentro del dominio público marítimo terrestre.

Pero también hay que ser comprensible con la postura de un Ayuntamiento como el de Castro, desarmado económicamente, y falto de las ayudas necesarias para vislumbrar un futuro para el Miramar como equipamiento público socialmente útil para el municipio. Si este edificio estuviera en Santander hoy no estaría amenazado de derribo. Estaría convenientemente protegido y sobre él ya se habrían definido los usos y cuantificada la financiación para rehabilitarlo con la participación de las tres administraciones (Costas, Gobierno de Cantabria, Ayuntamiento). En Cantabria la protección de patrimonio cultural es inversamente proporcional al cuadrado de las distancias. Hay un patrimonio periférico que, como en el caso del Miramar, no interesa. La Dirección General de Cultura ha sido sorda e inoperante a pesar de la insistente solicitud del Ayuntamiento de Castro, del Colegio de Arquitectos, y otros colectivos y profesionales, para que se acuerde la protección del Miramar. Hay quien dice que esta institución no tiene la necesaria sensibilidad. Quizás lo correcto sea decir que es ignorante sobre el patrimonio que merece ser protegido. O quizás lo que hace la Dirección General de Cultura es escaquearse de una de sus principales competencias en materia de protección del patrimonio cultural:

“Asegurar su conservación, bien llevando a cabo las obras necesarias y adoptando las medidas oportunas en cada caso, bien facilitando a entidades públicas y personas físicas y jurídicas privadas las ayudas pertinentes para el cumplimiento de dichos fines”

La historia reciente de Castro Urdiales nos muestra auténticas aberraciones que han mutilado un paisaje urbano y rural excepcional por la riqueza de su patrimonio arquitectónico y arqueológico, desde el Paleolítico hasta nuestros días. Lo lamentable es que la pérdida del Miramar se produzca en un momento en el que yo creía que las administraciones iban a ser coherentes con las leyes que nos hemos dado para salvaguardar nuestro patrimonio cultural, y peor aún, que la desaparición se produzca por algo tan banal como lo que nos ha recordado el delegado del Gobierno: “que el Miramar no tiene interés comercial”.

Juantxu Bazán, 22 de julio de 2018.

Una de las páginas interiores del folleto turístico de Castro Urdiales, de 1946.

 

El artículo publicado en el diario.es Cantabria el 22 de julio de 2018.

El artículo publicado en el blog del Grupo Alceda para la defensa del patrimonio Cultural de Cantabria. 

En el blog de CastroVerde, Alternativa Verde de Castro Urdiales, se publica un trabajo con un título demasiado premonitorio:  Historia de un balneario y hotel que forma parte del pasado de Castro. En él se hace un recorrido exhaustivo sobre lo acontecido con el Miramar que ayuda a entender el itinerario seguido por el Miramar. Un buen trabajo en el que falta la mención de los colectivos que han impulsado su protección y rehabilitación, especialmente el posicionamiento del Grupo Alceda y del Colegio de Arquitectos de Cantabria.

BANDERA AZUL OSCURA CASI NEGRA

Perdonen la frivolidad. Voy a hablar de banderas. Sé que hay temas mucho más acuciantes para una humanidad azotada por la aniquilación de los derechos humanos, la ausencia de paz, o los daños infringidos sobre nuestro planeta. Pero de eso se trata, de deshacer algunas de las frivolidades con las que nos salpica de vez en cuando una realidad aireada con banderas.

Hace unos días nos hemos enterado de la concesión de dos nuevas banderas azules a las playas de Cantabria: a la playa de Cuberris, en Bareyo, y a la llamada “playa de Ostende” (en realidad “playa de Urdiales”), en Castro Urdiales. El galardón reconoce los servicios y la calidad ambiental de ambos arenales, y se incorporan a lo que se considera un selecto club que da prestigio turístico al municipio que lleva la marca de la bandera, un emblema que en España otorga la fundación ADEAC (Asociación de Educación Ambiental y del Consumidor) que pertenece a la FEEE (Foundation for Environmental Education in Europe). Por muy azul que sea esta bandera debe aclararse que desde el año 1999 la Unión Europea se ha desmarcado de este organismo y deja de financiarlo por discrepancias con los procedimientos en el otorgamiento de las banderas así como por la falta de rigor en sus concesiones. Desconozco cómo se financia la ADEAC en su totalidad, pero sé que una parte de sus fondos proviene de subvenciones de comunidades autónomas españolas. Así, la Xunta de Galicia subvencionó en el año 2017 con 40.000 € a esta fundación que en ese año entregó 113 banderas azules a las playas de Galicia, y 18 banderas azules a sus puertos deportivos. Galicia es la comunidad autónoma española con mayor densidad de banderas azules.

Lo cierto es que la bandera azul se reconoce como marca de calidad para buena parte del mundo. Un emblema esencialmente turístico, no esperen encontrar entre estas playas las más bellas del mundo, o las de mayor calidad ambiental. Por ejemplo, municipios como Llanes, de los que nadie dudaría de la calidad y belleza de sus playas, se han desmarcado desde hace años en solicitar la bandera azul. Algunas asociaciones ecologistas han cuestionado la validez de las banderas azules, sobre todo, por el incumplimiento de los parámetros ambientales que se predican de este distintivo (la calidad de sus aguas, o el impacto de sus infraestructuras), y, por poner un ejemplo, EQUO Verdes de Rota se ha quejado de la concesión este mismo año de banderas azules en algunas playas de este municipio andaluz en la que se están produciendo vertidos de fecales, lo que implica una inexistente gestión ambiental en estas playas, y el incumplimiento de la calidad de las aguas en las zonas próximas a los efluentes de los vertidos.

No dudo de que buena parte de las banderas azules se correspondan con playas de calidad. Playas accesibles, con servicios, con la seguridad que se predica de las zonas de baño, playas limpias y bien señalizadas. Pero si los criterios ambientales deben pesar en la concesión de una bandera azul (así lo contempla la normativa), en el caso de la playa de Ostende la bandera azul es un sarcasmo, un ejemplo que pone en entredicho la propia institución de las banderas azules. Esta bandera ondea impulsada por aires de cinismo que me producen irritación.

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A la izquierda, zona oeste de la playa de Ostende en una foto tomada por Foto Pérez en 1986, antes de ser ocultada por las toneladas vertidas de arena de cantera. A la derecha aspecto de la playa desde un lugar similar en mayo el 12 de mayo de 2018.

La playa de Ostende es una playa artificial construida en 1986 (mientras se pensaba en la ley de Costas que entró en vigor dos años después). Para ello se destruyó una de las ensenadas naturales más bellas del litoral cántabro formado por calas, pequeños arenales, pedregales, en los que los castreños hemos gozado bañándonos, pescando, y que era un criadero natural de todo tipo de especies que se dan en el sistema intermareal. La Dirección General de Costas de entonces con el beneplácito del Ayuntamiento, y sin apenas oposición popular (con la excepción de un grupo de vecinos y vecinas que lo intentaron todo en su discrepante soledad) decidió cargarse la ensenada echando 223.000 toneladas de arena de cantera, proveniente de las canteras de Santullán, es decir, mientras se destrozaba la Peña de Santullán. Una playa artificial que costó unos mil millones de pesetas.

En el año 2011, Ecologistas en Acción le puso Bandera Negra a la Playa de Ostende. En la memoria se decía: “Se trata de una playa artificial formada a partir de áridos procedentes de la cantera de Santullán. El aspecto lechoso del agua se debe al hidróxido de cal y carbonatos cálcicos que componen estos áridos, que se extienden centenares de metros mar adentro, y cuya intensidad aumenta en proporción al movimiento del mar. A esta playa desembocan dos arroyos, el de Campijo y el del Chorrillo, que aportan aguas residuales por efecto de un urbanismo que los ha convertido en cloacas”. Hoy es más o menos parecido: los días en los que la mar está en calma, el color del mar adquiere un azul turquesa caribeño, mientras que los días en los que hay mar de fondo (la mayoría del año) las aguas adquieren un color lechoso que impregna la imagen de este lugar.

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Ensenada de Urdiales y playa de Ostende, foto de 2008.

Después de más de treinta años, sigo pensando que la playa de Ostende-Urdiales es una playa vertedero, y no nos beneficia para nada complacernos en un pseudopremio que no se corresponde para nada con lo que significa esta playa artificial: la destrucción de un lugar de altísima calidad ambiental. No, no es una bandera azul la que se merece esta playa, sino una de color azul oscuro casi negro, un color negro que nos recuerde que este espacio necesita no falsas distinciones sino una intervención para regenerar y acaso recuperar los valores ambientales de la ensenada de Urdiales.

 

Juantxu Bazán

13 de mayo de 2018

Publicado en Primera Página de eldiario.es de Cantabria.

EL ÁRBOL, EL ARBOLADO, EL ARBOLADO URBANO, LA PROTECCIÓN DEL ARBOLADO URBANO.

Hace una semana he denunciado la corta de arbolado en una finca de Castro Urdiales, la casa de Garma, uno de los ejemplos de arquitectura ecléctica de lo que fuera una hermosa y singular ciudad jardín, hoy adulterada por efecto de un crecimiento urbanístico que ha permitido que las plusvalías económicas del suelo estropeen la calidad urbanística y arquitectónica de la ciudad.

El arboricidio de la casa de la Garma se llevó por delante la vida de un hermoso árbol, un cedro del Himalaya centenario, y además un magnífico magnolio, dos palmeras y una yuca, todos de gran porte, dejando la parcela desnuda de arbolado, insolente, asolada. Más allá del estropicio, este hecho es ejemplo de la desprotección del arbolado urbano en Cantabria y en España. Naturalmente hay excepciones muy honrosas, como las de la comunidad autónoma de Madrid que ha sido capaz a de legislar para la protección de arbolado urbano; y ciudades que nos sirven de referencia, como Vitoria, que tiene una ordenanza ejemplar sobre protección del arbolado urbano. Otros ayuntamientos incorporan en la normativa urbanística de sus Planes Generales ordenanzas de protección de árboles singulares y arboledas, o catálogos de protección en los que se enumeran los árboles que por su singularidad merecen ser protegidos. (Permítaseme un paréntesis llegado a este punto. La protección del árbol singular es una redundancia. Todo árbol es singular, no solo aquel que por su excelencia merezca una posición en la pasarela del arbolado. Protesto por singularizar la protección del árbol y reivindico la protección de la generalidad de los árboles, del arbolado, del arbolado urbano).

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A la izquierda, vista parcial del jardín de la casa Garma en Castro Urdiales; en primer plano el cedro del Himalaya talado, y al lado, el magnolio, también talado. La tala (imagen de la derecha) se produjo sin permiso municipal, el 12 de enero de 2018.

En Cantabria contamos demasiadas experiencias de maltrato del ecosistema urbano. Hace tres años Equo Cantabria denunció la corta de cientos de ejemplares en el ensanche de Laredo. Poco más tarde fueron los vecinos de Noja quienes denunciaron la corta de una veintena de enormes eucaliptus en esa villa. Hace un par de meses el colectivo Torrearboleda, de Torrelavega, denunció la corta de varios ejemplares de roble americano en el parque Manuel Barquín. Son casos conocidos y denunciados, pero los casos desconocidos y no denunciados son cientos. Con la impunidad que les da la inexistencia de regulación, propietarios dan matarile al arbolado urbano con la convicción de que nadie va a sancionar la corta de un árbol, o de varios árboles, porque son de su propiedad. El caso de Santander es también paradigma de ciudad arboricida tal como ha denunciado en el este último año ARCA en varias ocasiones: la corta de 47 árboles en la calle san Martín del Pino, o más recientemente, el arboricidio perpetrado en la avenida Victoria (en este caso so pretexto de limpieza y desbroce de la finca se han llevado por delante decenas de árboles adultos, todo un clásico de los arboricidios en fincas privadas).

Cuando se comete un acto de este tipo se dan dos circunstancias que colaboran en el fatídico resultado. Primero, hay voluntad de cargarse un árbol, pretensión muchas veces ligada a un falta de cultura sobre la importancia que tiene el árbol para la salud de las personas y para la calidad de vida de la ciudad, pesando más el absurdo utilitarismo que implica la corta de arbolado: ampliar espacio, evitar molestias, o hacer leña. La segunda circunstancia es la de una falta de regulación que deja con el culo al aire a las administraciones que prometen amar el medio urbano pero no son capaces de protegerlo convenientemente. Entre ambas circunstancias aparece también un inconveniente: la mala planificación en la plantación de árboles en espacios públicos y privados.

Se cumple ahora un año desde que Podemos Cantabria, con la inspiración de ARCA, tramitara en el parlamento de Cantabria una proposición de ley sobre fomento y protección del arbolado urbano para Cantabria. La proposición fue rechazada con los votos en contra de los partidos del gobierno (PSOE y PRC) y la abstención del resto (PP y Ciudadanos). Si pudiéramos acceder al diario de sesiones nos sorprenderíamos del escaso nivel cultural de nuestros parlamentarios, y su falta de preparación jurídica. Lo más repetido en aquella sesión era aquello de que esta ley podría invadir competencias municipales, lo cual es una idiotez. Nada que ver con los pronunciamientos de la carta de derechos del árbol en la ciudad (a la que, por cierto, está adherida la ciudad de Santander, aunque a veces sus responsables públicos se olviden de ello):

  • La ciudad necesita el árbol como un elemento esencial para garantizar la vida.
  • El desarrollo del árbol en la ciudad debe darse en toda su plenitud, aprovechando cuanto nos ofrece y en toda su potencialidad, si dispone del espacio y las condiciones que requiere.
  • El sistema de arbolado de nuestras ciudades es un sistema básico, y como tal, debe ser valorado, planificado y gestionado.
  • El árbol contribuye al enraizamiento de la cultura en el lugar y en la mejora de las condiciones de habitabilidad en el medio urbano, factores ambos determinantes de la calidad de vida en la ciudad.
(Declaración del Derecho al Árbol en la Ciudad. Carta de Barcelona. Congreso “El Árbol y la Ciudad”. Barcelona, 2 de Junio de 1995)

Valorar, planificar y gestionar el arbolado urbano. Lo pueden hacer los Ayuntamientos aprobando ordenanzas municipales en el ámbito de sus competencias: proteger los árboles de la ciudad, y fomentar el cuidado por parte de vecinos y propietarios. Es la senda seguida por ciudades como Vitoria, y sobre todo por unos cuantos municipios de Madrid (al auspicio de su ley autonómica) en los que se protege el arbolado público y el privado).

Ninguna de las ciudades de Cantabria tiene una ordenanza de protección de arbolado urbano y ya va siendo hora, como así lo ha reivindicado recientemente el colectivo de vecinos Torrearboleda (hermoso nombre). Hay que seguir el ejemplo. Así que hagan el favor los partidos con una mínima inquietud por la protección del medio ambiente: incorporen objetivos en sus programas, promuevan mociones en los plenos, y difundan por el mundo la necesidad de proteger los árboles, también los de las ciudades. Nos va la vida en ello.

Juantxu Bazán. 24 de marzo de 2018.

[i] La denuncia fue presentada mediante escrito de EQUO CANTABRIA dirigido al Ayuntamiento de Castro Urdiales el 6 de marzo de 2018.

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Vista general de la finca de la casa de Garma, antes y después de la tala de arbolado.

Artículo publicado en la tribuna del diario.es de Cantabria el 26 de marzo de 2018

Nadie quiere la mierda de Vuelta Ostrera

El asunto de Vuelta Ostrera huele muy mal. Es un olor fétido, molesto, insalubre… que proviene de las sedes del Ministerio de Medio Ambiente y del Gobierno de Cantabria, cuyos responsables no han sido capaces de ventilar durante más de veinte años el tufo provocado por el sistema de depuración de aguas residuales en la cuenca del río Besaya que concentra parte de su mierda en la EDAR de Vuelta Ostrera. Hablo de “mierda” adrede, porque me gusta llamar a las cosas por su nombre, a pesar de que para la Real Academia Española los muchos significados que tiene esta expresión son malsonantes.  Me referiré a algunos de ellos.

Denomina “mierda” la RAE al “excremento”, y también al “hecho o situación que repugna y que es susceptible de ser callado, tapado, ocultado”. Y como tal también puede ser descubierto, y sacado a la luz. En ese empeño se puso a trabajar la asociación ecologista ARCA dejando patente la ilegalidad de la construcción de la EDAR en la marisma de Cortiguera ante la ceguera irresponsable de los cargos de Medio Ambiente de la Consejería y del Ministerio con la colaboración necesaria de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico. ¿Es posible entender que se haya autorizado la construcción de una EDAR en zona de marisma de dominio público? Solo la soberbia de aquellos políticos nos ha traído ahora este gravísimo problema. La sentencia del Tribunal Supremo declaró nula en el año 2005 la macrodepuradora de Vuelta Ostrera y la EDAR deberá ser demolida antes de que termine el 2020. Me viene enseguida a la mente la siguiente acepción, la que significa “mandar a la mierda” a todos los que debieron tener algún tipo de condena y que siguen tan campantes, en sus puestos, aún y a pesar de que eran sabedores de que Vuelta Ostrera se estaban construyendo ilegalmente. Quizás si en su momento se hubieran pedido disculpas y se hubieran depurado (nunca mejor dicho) responsabilidades, el futuro de Vuelta Ostrera podría presentarse hoy más razonable.

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Siete emplazamientos que propone el Ministerio de Medio Ambiente para ubicar la EDAR de Vuelta Ostrera cuando sea demolida.

Tal como ha sido concebido por el Ministerio de Medio Ambiente, la demolición de Vuelta Ostrera trae consigo la necesidad de construir una alternativa a la EDAR en otro lugar próximo a la desembocadura del Besaya, lo que significa que, tras la demolición de la actual depuradora en funcionamiento, y la consiguiente construcción de la infraestructura de la nueva EDAR, con nuevas estaciones de bombeo, nuevos colectores, y el posible emisario submarino para echar las aguas depuradas mar adentro, se gastarán cerca de cien millones de euros. El problema es de enorme gravedad, con consecuencias sociales, ambientales y económicas muy negativas. Sin embargo, el modelo de nuestros gobernantes es el de reproducir el mismo esquema que nos ha llevado a esta grave situación: construir una enorme depuradora y pasarle el marrón a los municipios de la desembocadura del río Besaya que, como es normal, nadie quiere ver ni oler.

Y es aquí donde al asunto alcanza caracteres de dilema universal: nadie quiere la mierda. Máxime cuando la inmundicia proviene de poblaciones, fábricas, establecimientos… que excrementan río arriba. En el debate surgido tras hacerse públicas las alternativas para la construcción de la nueva EDAR falta claridad y sobran falacias. Es falso que se esté planteando una alternativa a Vuelta Ostrera; en realidad no se está debatiendo nada, más allá de reproducir el modelo de Vuelta Ostrera, con las mismas dimensiones y los mismos procedimientos, concentrar la mierda, depurarla y echarla al mar. No, no es una alternativa. No al menos para los núcleos urbanos menores y las zonas urbanas más diseminadas que podrían tener sistemas de depuración ecológicamente más aceptables en la dirección de cumplir de forma ejemplar con la Directiva Marco del Agua. En realidad con las siete ubicaciones que se plantean para la neodepuradora de Vuelta Ostrera lo que se está haciendo no es elegir la mejor opción para depurar las aguas residuales, sino la menos mala. Entre ellas se plantean algunos lugares (como el de las canteras de Cuchía, en suelo protegido por el Plan de Ordenación del Litoral) que podrían ser tan cuestionados desde el punto de vista jurídico como la actual ubicación. Cualquiera de las opciones que se han puesto sobre la mesa parece disparatada, porque es irracional que la solución al problema de saneamiento pueda consistir en demoler una depuradora en zona de dominio público para construir otra de similares dimensiones a trescientos o mil trescientos metros más allá para seguir vertiendo las aguas depuradas a la ría o al mar. De hecho, como nadie quiere la mierda, lo que están haciendo los Ayuntamientos es rechazar la opción que les toca más cerca, tal como han hecho los Ayuntamientos de Suances, Miengo y Torrelavega.

Y es aquí donde aparece la acepción que expresa contrariedad e indignación, con las consiguientes ganas de “mandar a la mierda” a alguien. No me parece serio que el futuro de la calidad del río Besaya, de la ría de Requejada, de su desembocadura, y del mar que baña sus costas se esté dilucidando en esta especie de pito pito gorgorito que se traen entre las administraciones locales, autonómicas y estatales. El futuro del saneamiento de la cuenca del Besaya, más allá de que a quien corresponda la competencia sobre sus aguas, interesa a todas las personas que viven en sus núcleos de población, y todas las Administraciones y ciudadanía debieran involucrarse de una forma más responsable, colaborativa y buscando el interés común. Entiendo que no es tarea fácil, pero no es de recibo que en todo este tiempo después de casi veinte años sabiendo que Vuelta Ostrera es ilegal e inviable, ahora sigamos por el camino del desconcierto.

Para terminar esta escatológica epístola solo me queda la última de las acepciones que nos presta la Real Academia, y es la que se entona, en este teatro de la confusión, para desear a todos nuestros actores “!mucha mierda!”.

 

Juantxu Bazán, 28 de febrero de 2018

Publicado en PRIMERA PÁGINA del diario.es Cantabria el 4 de marzo de 2018