Expongo a continuación toda la información a la que he tenido acceso como ciudadano y alegante (Equo Cantabria) a la Modificación del PGOU de Castro Urdiales que viene como consecuencia del Convenio Lolin para la recalificación e al parcela de la fábrica de Anchoas.

En este mismo blog puede encontrarse la información relativa al convenio Lolín.

También he publicado la información relativa tras la aprobación inicial, y a ella puede accederse en el artículo que publiqué en enero de 2019: Modificado nº 23 en zona inundable: EL CENTRO COMERCIAL LOLÍN INUNDADO DE INTERROGANTES

Mapa de Peligrosidad. Delimitación de la Zona de Flujo Preferente.

El asunto relativo a la inundabilidad ha sido muy controvertido, y en el artículo anterior expongo mi punto de vista.

En ese mismo artículo se expone el escrito de alegaciones de 21 de enero de 2019 a la aprobación inicial del modificado del PGOU.

Contestación (informe jurídico) a las alegaciones a la aprobación inicial.

Aprobación provisional del modificado nº 23 del PGOU de 30 de abril de 2019. En la aprobación provisional se reproduce el informe de Costas (no publicado en la web municipal) en el que se señala que «respecto de la servidumbre de protección, en relación con el edificio existente se considera compatible el cambio de uso propuesto siempre que no se plantee un aumento de volumen, altura y superficie de la misma…». En el segundo escrito de alegaciones a la Aprobación Provisional se demuestra que el edificio existente se reforma modificando la cubierta y la estructura del mismo, aumentando el volumen, altura y se amplia la superficie de la planta baja para añadirla a la nueva edificación en la que se ubica el nuevo centro comercial.

En el mismo informe de Costas se dice en relación con la nueva edificación comercial: «deberá conformar un cuerpo constructivo independiente de la edificación existente afectada por la servidumbre de protección, no pudiendo estar ni estructural ni funcionalmente relacionadas dichas edificaciones al amparo del apartado 3 de la DT 4ª del RGC.». En el segundo escrito de alegaciones a la aprobación provisional se insiste en este aspecto.

Escrito de alegaciones tras la aprobación provisional

Posteriormente han llegado dos informes:

El informe de Costas de 25 de septiembre de 2019, favorable con condiciones

El informe de la CROTU de 4 de noviembre de 2109: favorable

Tras los informes, la falta de contestación a las alegaciones vuelvo a registrar un nuevo escrito recordando que una parte de las alegaciones no han sido contestadas, y además la obligación de que el Ayuntamiento ejerza su competencia y haga cumplir con las limitaciones que impone el Reglamento Público Hidráulico.

Escrito presentado en el Ayuntamiento el 12 de diciembre de 2019

Juantxu Bazán

Noviembre, diciembre de 2109

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